« DILIGENCIA DE EMBARGO SIN EFECTO EN LAS CASAS DE DON FERNANDO PANTOJA. En acto seguido [el mismo día PRIMERO DE NOVIEMBRE DE MIL OCHOCIENTOS DOCE, después del auto de embargo del Regidor preso JUAN MUÑOZ], el Alguacil Mayor, con mi asistencia [la del escribano ANTONIO VÁZQUEZ JALDÓN] pasó a las casas de la habitación de DON FERNANDO PANTOJA preso por esta causa, y en ellas se personó su MUJER legítima y requerida a la manifestación de bienes propios de su marido o que tuviese en usufructo, y RESPONDIÓ que su marido era NOTORIAMENTE POBRE, que no poseía bienes de ninguna clase, y que su crecida familia no tenía otra subsistencia que las producciones del oficio de su marido.
[Ambientación] “Los Desastres de la Guerra”, Francisco de Goya y Lucientes; Lámina n.º 34, “Por una navaja”; Real Academia de Nobles Artes de San Fernando, 1863, Madrid. Fuente: “commons.wikimedia punto org”.
Y reconociendo el Alguacil Mayor las habitaciones de la casa, y viendo comprobada la manifestación antecedente, sin constarle por otra parte lo contrario, SUSPENDIÓ Y DEJÓ SIN EFECTO esta diligencia, que extiendo para que en su vista determine el juzgado lo que sea de Justicia, y lo firma dicho Alguacil. Doy fe.
Firmada por JOSÉ SÁNCHEZ, 12 y ANTONIO VÁZQUEZ JALDÓN, 8. »
[Ambientación] “Los Desastres de la Guerra”, Francisco de Goya y Lucientes; Lámina n.º 35, “No se puede saber por qué”; Real Academia de Nobles Artes de San Fernando, 1863, Madrid. Fuente: “commons.wikimedia punto org”.
Fuente: “Conil durante la ocupación francesa”, Jaime Aragón Gómez, Ana Souto Rodríguez y Jorge Paz Pasamar, p. 139; Excmo. Ayuntamiento de Conil de la Frontera, 2004.
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