viernes, 13 de marzo de 2026

HISTORIAS DE LUIS BRICEÑO, 52.

¡SIEMPRE HAY JUSTICIA!

Había heredado una casa antigua, pero espaciosa, y unas tierras de secano, con parte de regadío, que, aunque ayudaba a trabajar personalmente, en labores de poca monta, por razones de economía y ocupación personal, le producían lo suficiente para vivir con relativa holgura e independencia.

Por toda instrucción, poseyó la primera enseñanza, cuyos conocimientos se fueron esfumando poco a poco de su memoria, hasta dejarle nada más que lo principal de aquella, conservado por el uso que de ello hacía en la explotación de su hacienda.

A estos restos de instrucción habría que añadir los de la también borrosa, desprendida de las prolijas explicaciones <in voce> recibidas, allá en los años mozos, de su tío carnal, coadjutor de la parroquia en que había nacido, y no había dejado de habitar, y la que pudiera derivarse de la constante lectura de novelas de la clase el “El Capitán Centellas”, que le encantaban extraordinariamente, y de las del género “policíaco”, que también le agradaban sobremanera.

Con tal bagaje de conocimientos, se creía nuestro protagonista todo un “hombre letrado” y, efectivamente, comparada su ilustración con la de aquellos pobrecitos obreros empleados en las faenas agrícolas de su pertenencia, en cuyos descansos y veladas les “instruía” con sus referidas lecturas, resultaba la consecuencia desprendida del conocido aforismo popular que reza “en la tierra de ciegos, el tuerto es rey”.

[Sólo a efecto de ambientación; creada por IA chatGPT] El protagonista se prepara a confrontar la novela con su afán de justicia. 

El cierta ocasión leía nuestro hombre, viviéndola, por decirlo así, en razón del tremendo interés y atención extraordinaria con que tomaba su lectura, una de las obras de su especial gusto y predilección. El personaje más caracterizado de la misma, realizaba las más atrevidas y peligrosas hazañas, los más repugnantes delitos, y siempre lograba burlar a sus perseguidores.

No había ni justicia que le pudiera ser aplicada, ni aún prisión que para él durara arriba del tiempo indispensable para la preparación de su fuga, siempre conseguida con el más feliz de los éxitos.

Contrariado y nervioso, nuestro apasionado y vehemente lector, por aquella impunidad tan descarada del héroe de la novela, por el fracaso continuado de los agentes que tan infructuosamente le perseguían con tanto ahínco y por la ineficacia de aplicación de la Justicia, que tantas veces había logrado burlar, se arrancó, de repente, exclamando furibundo:

-Toos esos elementos con quienes ese lucha, son unos mandrias[1]. Ahora veréis toos ustés cómo no se escapa de mis manos ese bellaco.

Y poniendo una novela en uno de los asientos sobrantes, de los existentes en la delantera de la casa campesina, y tomando la escopeta de que disponía para la defensa de su heredad, largó una perdigonada que hizo trizas al libro que en voz alta había estado leyendo, ante el asombro del auditorio, que no se atrevió a impedírselo, al mismo tiempo que exclamaba con voz nacida de la excitación nerviosa de que estaba poseído:

-Ya lo habéis visto, señores: cuando unos son incapaces de cumplir su cometido, nunca falta alguien que les reemplace. Porque, en este mundo, señores, ¡siempre hay Justicia!

NOTA DEL TRANSCRIPTOR: [1] Mandria.- Apocado, inútil y de escaso o ningún valor. Fuente: Diccionario RAE: // 

Fuente: “AMAPOLAS Y JARAMAGOS: cuentos, anécdotas, narraciones y chascarrillos”, por Luis Briceño Ramírez, p.p. 111-112. Primera edición, Gráficas Morales, Jaén, 1.940. 

jueves, 12 de marzo de 2026

UN PASEO POR EL ARCHIVO HISTÓRICO MUNICIPAL DE CONIL: “UN RELOJ PARA LA TORRE CAMPANARIO” (1900).

Por estas fechas, verano de 1900, ocupaba la Regencia del Reino de España María Cristina de Habsburgo-Lorena, en nombre del joven rey Alfonso XIII, quien no había alcanzado la mayoría de edad. La presidencia del Consejo de Ministros la ejercía Francisco Silvela y de Le Vielleuze, líder del Partido Conservador.

En Conil, su Ayuntamiento, ante una comunicación remitida por el Cura Párroco, que expone la conveniencia de instalar un reloj público, debate y aprueba participar económicamente, y, además, autorizar una campaña de colecta para cubrir todos los gastos necesarios

.

[Ambientación] En esta imagen, de la Iglesia Parroquial de Santa Catalina, fechada en 1914, ya se observa que la instalación del reloj público se había llevado a cabo con éxito. Fuente: Fotografía mejorada por Juan Bermúdez Ramos, Scard Bermos, y perteneciente a su colección (colgada en facebook el 21 diciembre 2025). 

[Transcripción libre de Rafael Coca López]

«”NÚMERO 32. SESIÓN ORDINARIA DE 2ª CITACIÓN DEL DÍA 23 DE JULIO DE 1900. En la Villa de Conil de la Frontera, a veinte y tres de julio de mil novecientos, siendo las nueve de la noche, se reunieron en las Casas Consistoriales los Señores del Ayuntamiento cuyos nombres a margen se expresan [se detallan al final de esta transcripción], al objeto de celebrar esta sesión pública ordinaria de segunda citación, por no haberse reunido número legal de Señores Concejales para celebrarla el sábado anterior, la cual tuvo lugar bajo la presidencia del Señor Alcalde Don Antonio Lizardi Amar, y por ante mí el Secretario de la forma siguiente: …

Punto Cuarto.

Así mismo se dio cuenta de una comunicación del Señor Arcipreste y Cura de la Parroquia que se copia a continuación:

<Ha llegado el tiempo de realizar un proyecto que concebí el mismo día de mi llegada a este pueblo. El proyecto era COLOCAR UN RELOJ DE TORRE en la de esta Parroquia para el servicio de la localidad. = Habiendo de salir a pedir con este objeto, y creyendo que el primero que debe figurar en las listas, ha de ser este Ilustre Ayuntamiento, que fomentará toda obra beneficiosa, para el pueblo, encomendado a sus anhelos (?), espero su contestación oficial, para una vez conocida su actitud, proceder a la colecta.>

La Corporación abundando en los mismos deseos expresados por el Señor Cura y reconociendo la necesidad sentida en la población de un reloj público, el cual no ha podido colocar este Ayuntamiento por su falta de recursos, ACUERDA contribuir a la suscripción propuesta para adquirirlo, con la suma de CIENTO CINCUENTA PESETAS [0,90euros], que serán satisfechas del Capítulo de Imprevistos, por no existir consignación especial para ello en Presupuesto. ...”» 

Reproducción del Punto Cuarto relativo a la cuestación para instalar un reloj en la torre de la iglesia parroquial. Fuente: Archivo Histórico Municipal, Conil de la Frontera. 

«”Señores concurrentes:

Alcalde Presidente: Antonio Lizardi Amar; Teniente 1º: Juan Amar García; Teniente 2º: José Lojo Calderón; Concejal: Rafael Ramírez Arias; Secretario: Nicolás González Muñoz.”» 

*** Fuente: Archivo Histórico Municipal de Conil de la Frontera. Libro de Actas 71-1, f.f. digitalizados 123-127, páginas 61-63. Sesión Ordinaria, número 32, del día 23 de julio de 1900. Gentileza Isabel González Ramírez, responsable AHM Conil de la Frontera. 

miércoles, 11 de marzo de 2026

ANTIGÜEDADES DE CONIL (1911).

 Desde la Antigüedad, el enclave que hoy ocupa Conil ha despertado un interés constante entre geógrafos, historiadores y arqueólogos, hasta el punto de convertirse en objeto de intensos debates eruditos sobre su verdadera identidad histórica. Autores clásicos como PlinioEstrabón o Ptolomeo, así como numerosos estudiosos de la Edad Moderna y Contemporánea, situaron en su entorno antiguas ciudades como Baelo, Carteia, Cymbilis o Mergablum, evidenciando la consideración estratégica y cultural que se le ha atribuido a lo largo de los siglos. // A este reconocimiento contribuyen los hallazgos arqueológicos documentados —inscripciones romanas, monedas, cerámicas y sepulturas con anforitas— que refuerzan la idea de que el territorio conileño fue escenario de asentamientos relevantes desde época fenicia y romana. El texto que se reproduce a continuación se inscribe en esa tradición investigadora y refleja el esfuerzo por esclarecer, con rigor documental y apoyo arqueológico, el lugar que Conil ocupa en la historia antigua del litoral gaditano.

[Ambientación] Recreación de cómo podría haber sido el descubrimiento de las tumbas, supuestamente romanas, en las obras de ampliación de la plaza de Santa Catalina. Fuente: Imagen creada por ChatGPT. 

Cabecera y parte de la primera página el “El Debate”, donde aparece el artículo que se reproduce en la entra de este blog de hoy. Fuente: Biblioteca Virtual de Prensa Histórica, Ministerio de Cultura. 

[Transcripción libre de Rafael Coca López]

«”TESORO ARQUEOLÓGICO. / ANTIGÜEDADES DE CONIL. /

Carta abierta al muy reverendo padre Fidel Fita[1].- Madrid.

Muy señor mío y de mi mayor respeto: Grande como es la confusión y muchas las opiniones en que abundan los geógrafos e historiadores al tratar de las poblaciones pertenecientes al convento jurídico de Cádiz, resulta poco menos que imposible determinar de modo categórico e indubitado la situación topográfica de las mismas.

No ha mucho, y con ocasión de mi artículo publicado en ECorreo de Cádiz”[2], que posteriormente también lo fue en el “Boletín de la Real Academia de la Historia”[3], trató de la inscripción romana, ignorada hasta entonces, de una lápida encontrada el 17 de septiembre de 1775 en el término de esta villa[4], la cual, así como otros varios objetos de cerámica perteneciente a dicha época, encontrados aquí en diversas ocasiones, me confirman la existencia de una antigua ciudad muy próxima al lugar que hoy ocupa la villa de CONIL.

NOTAS: [1] Biografía, de la Real Academia de la Historia, de Fidel Fita y ColoméAQUÍ. // [2] Se publicó el 17 de agosto de 1910. // [3] “Boletín de la Real Academia de la Historia”, tomo 57, pp. 246-247, 1910. Acceso al artículo completo: AQUÍ. // [4] Se trata de una lápida funeraria, de mármol, encontrada en la viña de Francisco García Palomino, a cinco kilómetros de Conil, con una inscripción, que traducida dice, según Julián González“Consagrado a los dioses Manes. En honor de una madre bondadosísima, Cornelia Marcina, hija de Publio, que vivió 45 años, sus hijos, Lucio Agrio Marcelo y Lucio Agrio Severo erigieron este monumento”. // 

[Ambientación] Detalle del retrato de Fidel Fita y Colomé, por Adolfo Lozano Sidro, 1913. Real Academia de la Historia. 

Algunos creen que dicha ciudad fue BAELO, otros CARTEIA y unos terceros, disintiendo de los anteriores, la llamaron MERGABLO. Razón por la cual, y para dar, si es posible más luz sobre el planteado problema histórico, me parecen convenientes estos apuntes que adjunto a usted, confiando sean acogidos benignamente.

Algunos notables historiadores han afirmado ser CONIL la antigua ciudad fenicia BAELO, o BELLON, así, llamada por su templo consagrado al dios BAAL o BEL, fundándose estos tales en los textos de PLINIO [el VIEJO][ClaudioPTOLOMEO Y POMPONIO MELA; así [Gabriel] Pascual Orbaneja, en su libro “Vida de San Indalecio y Almería Ilustrada” (año 1699, pág. 22)[5] en lo que cumple a este propósito, dice:

<Y para que prácticamente se conozca que la Ciudad de BELON es la villa de CONIL, vaya nuestro discurso con PLINIO y PTOLOMEO, los cuales, comenzando a nombrar los lugares y poblaciones de la costa, del Poniente al Oriente, desde Cádiz al Estrecho de Gibraltar, ponen al Puerto de Santa María, luego a BELON y después a MELLARIA, y estando la villa de CONIL en medio del Puerto de Santa María y MELLARIA, es consecuencia cierta ser hoy CONIL, la que antiguamente llamaban Ciudad de BELON>.

Después, y para probarlo, cita las palabras de ESTRABON al ocuparse de dichas poblaciones desde Oriente a Poniente: <Inde Mellaria optima habens salzamenta, postea este Belon, et urbs et fluvius>, etcétera, etc.

Esta opinión la encuentro también admitida por algunos otros historiadores, tales como Don Louis Moréri[6] y Don José de Miravel y Casadevante[7], los cuales en su Gran Diccionario Histórico” (año de 1753, tomo II), al hablar de BAELO, afirman que algunos geógrafo la sitúan en CONIL, citando a BaudrandHaro (lib. 1, cap. 10) y Florián (lib. II, cap. 31).

NOTAS: [5] Acceso al libro original: AQUÍ.  // [6] Louis Moréri (Bargemont, Provenza, 23 marzo 1643 – París, 10 julio 1680).- Presbítero católico, historiador y erudito francés, autor de un famoso Diccionario Histórico. Biografía. Fuente: Wikipedia, la enciclopedia libre. // [7] José [Antonio] Miravel y Herrera, aunque firmaba como Joseph de Miravel y Casadevante (13 octubre 1690 – Cádiz, 5 a 7 junio 1744).- Canónigo, historiador, traductor y enciclopedista español de la Ilustración, famoso por haber traducido del francés y ampliado el “Diccionario Universa” de Louis MorériBiografía. Fuente:Wikipedia, la enciclopedia libre. //

[Ambientación] Grabado de Louis Moréri, uno de los historiadores mencionado en el artículo por Manuel Blanco. Fuente: “filosofia.org”. 

Hipótesis gratuita e inadmisible después del artículo publicado en el “Diario de Cádiz”, núm. 8219, año de 1889, por el ilustrado arquitecto provincial Don Amadeo Rodríguez y de los eruditos y bien basados estudios que sobre las <Antigüedades romanas en la costa gaditana> publicó en la revista de Madrid, Razón y Fe”, en mayo de 1908, el sabio arqueólogo reverendo padre Julio Furgús, S.J.[8], demostrando cumplidamente que son pertenecientes a la ciudad de BELO, las ruinas que aún existen en el lugar vulgarmente conocido con el nombre de despoblado de BOLONIA, distante 12 kilómetros del río Barbate.

Opinión también admitida por el padre Flórez[9], en su obra <Medallas de las Colonias> y por Madrazo[10] <España, sus monumentos y arte. Sevilla y Cádiz> (pág. 181).

Algunos otros afirman ser CONIL, la ciudad de CARTEIA, y así en la obra <diz Phenicia>, año 1805, de la que se cree es autor Ibáñez de Segovia[11], marqués de Mondéjar, en el tomo I, pág. 318, se citan estas palabras, tomadas de la obra de Don José Antonio Salas[12]<Salas, en sus ilustraciones a Mela> (pág. 324), en donde, hablando de CARTEIA, dice así: <Tan dudosas son las señas, pues, que de esta ciudad dexaron á sus sucesores en edad (los escritores antiguos), que fatigadamente los modernos han podido contender unos haciendo á CARTEIA la pequeña población que hoy se llama CARTAYA, otros Algeciras, estos CONIL; ...>

Aserto éste no menos gratuito después de las exploraciones que han dado por último resultado comprobar la situación de CARTEIA en una explanada que hay entre el GUADARRANQUE y PUENTE MAYORGA.

NOTAS: [8] Julio FurgúBasthe (Agen, Touluse, 23 diciembre 1856 – Orihuela, Alicante, 30 enero 1909Naturalista y arqueólogo, jesuita (SI). Biografía. Fuente: Historia Hispánica, Real Academia de la Historia.  // [9] Reverendo Padre Monseñor Fray Henrique Fernando Flórez de Setén Huidobro y Velasco (Villadiego, Burgos, 21 julio 1702 – Madrid, 5 mayo 1773).- Religioso agustino español, historiador, traductor, geógrafo, cronologista, epigrafista, numismático, paleógrafo, bibliógrafo y arqueólogo de la Ilustración. Biografía. Fuente: Wikipedia, la enciclopedia libre.  // [10] Pedro de Madrazo y Kuntz (Roma, 11 octubre 1816 – Madrid, 20 agosto 1898).- Abogado, arqueólogo, historiador, poeta, traductor, académico de la Real de la Historia y de la Real Española de la Lengua. Biografía. Fuente: Historia Hispánica, Real Academia de la Historia.  // [11] Gaspar Ibáñez de Segovia Peralta y Mendoza (Madrid, 5 junio 1628 – Mondéjar, 1 septiembre 1708).- Historiador y bibliófilo español. BiografíaFuente:Wikipedia, la enciclopedia libre.  // [12] José Antonio González de Salas (Madrid, 1588 – Madrid, 1654).- Escritor y humanista. Biografía. Fuente: Wikipedia, la enciclopedia libre. //

[Ambientación] Retrato del arqueólogo padre Fergús, mencionado también en el artículo. Fuente: “Orihuela Mágica y Misteriosa”, 27 diciembre 2015. 

[Ambientación] El padre Enrique Flórez, por Andrés de la Calleja, Madrid, Real Academia de la Historia (depósito del Museo del Prado). Fuente:Wikipedia, la enciclopedia libre. 

Adolfo de Castro[13] en la <Historia de Cádiz y su provincia> (año 1858, pág. 14) indica la opinión de algunos que creen ser CONIL la ciudad de CYMBILIS o CYMBIS, que cita Tito Livio como refugio de Magon, hermano de Aníbal, opinión que tampoco creo cierta.

Harto más fundamentada tengo para mí la sentencia de algunos, no pocos, que afirman ser CONIL la población MERGABLO, o al menos admiten la proximidad de dicha ciudad al lugar que hoy ocupa la villa de CONIL, basados en el itinerario del emperador Antonino, donde después de BAESIPPO (los Caños de Meca) se cita a MERGABLUM como novena mansión en el camino militar que iba de Málaga a Cádiz; así lo afirman CeáBermúdez[14]<Sumario de las antigüedades que hay en España>Don Modesto Lafuente[15] en el apéndice de su obra <Historia General de España> y Miñano[16] en su <Diccionario>, año 1829.

Oportuno me parece ahora completar lo que llevo dicho haciendo mención de las monedas y algunos objetos de cerámica romana aquí en distintas ocasiones encontrados; notables fueron los descubrimiento de 1877 en el lugar denominado MAJAR-AUGUSTO, conservándose todavía por particulares algunas monedas de varios emperadores romanos.

NOTAS: [13] Adolfo de Castro y Rossi (Cádiz, 6 noviembre 1823 – Cádiz, 13 octubre 1898).- Bibliógrafo e historiador. Biografía. Fuente: Historia Hispánica. Real Academia de la Historia.  // [14] Juan Agustín Ceán Bermúdez (Gijón, 17 noviembre 1749 – Madrid, 3 diciembre 1829).- Historiador del Arte y anticuario. Biografía. Fuente: Historia Hispánica. Real Academia de la Historia. // [15] Modesto Lafuente y Zamalloa (Rabanal de los Caballeros, Palencia, 1 mayo 1806 – Madrid, 25 octubre 1866).- Historiador, escritor costumbrista y político liberal católico. BiografíaFuente: Historia Hispánica. Real Academia de la Historia.  // [16] Sebastián de Miñano y Bedoya (Becerril del Campo, Palencia, 20 enero 1779 – Bayona, Francia, 6 febrero 1945.- Escritor y geógrafo. Biografía. Fuente: Historia Hispánica. Real Academia de la Historia. //

[Ambientación] Retrato de Pedro de Madrazo y Kuntz, por J. Laurent. Fotografía en papel de albúmina; álbum de retratos de Hartsenbusch. Fuente: Biblioteca Digital Hispánica, Biblioteca Nacional de España. 

[Ambientación] Detalle del retrato de Adolfo de Castro y Rossi, por Roquers-Daguerre, s. XIX. Biblioteca Nacional de España. 

[Ambientación] Juan Agustín Ceán Bermúdez. Biblioteca Digital Hispánica, Biblioteca Nacional de España.

[Ambientación] Detalle del cuadro Modesto Lafuente, por Asterio Mañanós, 1928. Real Academia de la Historia. 

[Ambientación] Sebastián de Miñano. Fuente:Wikipedia, la enciclopedia libre. 

Más tarde, en 1890, cuando terminaban las obras de restauración de la iglesia parroquial, en las excavaciones que se hicieron después de demoler las varias casas que ocuparon el sitio que hoy forma la Plaza Padre Caro [actualmente, Plaza Santa Catalina] descubrieron algunas sepulturas del mismo género que las encontradas por el reverendo padre Furgús en sus exploraciones científicas en Barbate. Dichas sepulturas, formadas por seis losas de 12 a 15 centímetros de espesor de piedra granulenta y tosca, contenían hermosas y elegantes anforitas; dos de estas fueron donadas en 1908 al padre Furgús por el señor Fernández Caro[17].

En 1906, acompañando al ilustrado presbítero, catedrático entonces de arqueología en el Seminario de Sevilla, Don Federico Roldán, en su viaje científico al CABO DE TRAFALGAR, pudimos examinar, gracias a la amabilidad del jefe del faro, señor Fuentes, una anforita igual a las anteriormente encontradas en CONIL, la cual había sido hallada en una sepulturas descubiertas en la ruina de BAESIPPO (Caños de Meca), inmediatas al Trafalgar.

Actualmente se encuentran con frecuencia en CONIL, y principalmente en LOS BARREROS, término de este pueblo, muchas monedas, algunas imposibles de ser descifrados sus caracteres.

NOTA: [17] Sin duda, este “señor”, debe ser Francisco de Paula Fernández-Caro Pareja, a la sazón párroco en Conil. //

[Ambientación] Cuadro del retrato del padre Caro, pintado por Juan Cabral Bejarano (Sevilla, 1834- ?). Imagen cedida por Juan Pérez González

Respecto a la población actual, sabido es que fue fundada por Don Alonso Pérez de Guzmán, según merced concedida en 4 de abril De 1295 por el rey Sancho IV, y si bien en un principio fue conocida con el nombre de TORRE DE GUZMÁN, como así se observa en documentos auténticos que existen en el ARCHIVO PARROQUIAL, recibió después el nombre de CONIL, debido al pueblo del mismo nombre, que existió, según Madoz[18], en las vertientes del CONILETE, o como asegura Castro[13], y lo creo más razonable, por la abundancia de conejos en dichos lugares, procediendo dicha voz de la palabra de baja latinidad CONILLOS.

Otros creen que es palabra árabe, derivada de <caa> (asiento o siento), y <nil> (deleite o contentamiento), opinión que sigue nuestro eminente poeta Velarde en su poema <Teodomiro>.

Estos son los datos que al presente puedo comunicarle, y termino manifestando a usted que en la inscripción de <Cornelia Marcina> se hallan bien definidas las dos L. sin que dé margen a error alguno sobre este punto.

Queda de usted afectísimo y reconocido amigo seguro servidor que besa su mano, Manuel Blanco[19]. / 20 de abril de 1911.“»

NOTAS: [18] Pascual Madoz e Ibáñez (Pamplona, 17 mayo 1806 – Génova, Italia, 11 diciembre 1870).- Político español del Partido Progresista, diputado, escritor, geógrafo. Biografía. Fuente: Historia Hispánica. Real Academia de la Historia. // [19Manuel Blanco es el seudónimo de un joven aventajado y entusiasta de la arqueología, historia y arte, llamado Manuel Fuentes, desconociéndose más facetas de su vida, aparte del viaje o “paseo” que realizó por Conil en 1910, del que se ha adelantado algo. //

[Ambientación] Detalle del retrato de Pascual Madoz, por Leopoldo Rovira, 1869. Biblioteca Nacional de España. 

*** Fuente: “EL DEBATE: diario de la mañana, católico e independiente”, Madrid, 24 de abril de 1911. Año segundo, Número 204. Biblioteca Virtual de Prensa Histórica, Ministerio de Cultura. 

martes, 10 de marzo de 2026

SENDAS SOLICITUDES DE VARIAS PERTENENCIAS DE MINERAL DE AZUFRE EN EL PARAJE DE LA INOJERA (1.885).

En los dos siguientes edictos, fechados en octubre de 1885 y emitido por el Gobierno Civil de la provincia de Cádiz, se informa de la solicitud de registro de una concesión minera en el término municipal de Conil. Este tipo de anuncios oficiales, exigidos por la legislación minera vigente, tenían como finalidad dar publicidad al expediente y permitir la presentación de posibles oposiciones. El texto constituye un testimonio significativo del interés por la explotación de recursos minerales en la comarca y del procedimiento administrativo seguido en la España de finales del siglo XIX. 

Cabecera del Boletín Oficial donde se insertan los dos edictos de solicitud de pertenencias. Fuente: Archivo Diputación Provincial de Cádiz. 

[Ambientación] Imagen ilustrativa con autoridades civiles y militares, planos de minas, estacas de demarcación de pertenencias en un paraje cualquiera de Conil. Fuente: Imagen creada por ChatGPT Google. 

«”Don Fernando de Gabriel y Ruiz de Apodaca(1), Caballero Gran Cruz de Isabel La Católica y Gobernador Civil de esta Provincia. / HAGO SABER: Que Don Tomás Morant y Bañó, vecino de Sevilla, como apoderado de Don José Joaquín de Arrieta, que lo es de Madrid, ha presentado en la Sección de Fomento de este Gobierno, a las doce y treinta minutos de la tarde el día cinco del actual, una SOLICITUD DE REGISTRO DE VEINTE PERTENENCIAS DE LA MINA <CUBA> DE MINERAL DE AZUFRE Y PETRÓLEO, sita en término de CONIL, al sitio llamado DEHESA DE LA INOJERA; que linda por el Sur con las minas <MORIMA> y <MARGARITA>; por el Oeste con el registro de la mina <ROSARIO>; por el Este con el río Salado, y por el Norte con dicha dehesa. / Hace la designación en la forma siguiente: Se tomará por punto de partida el ángulo N.E. de la mina <MORIMA>; desde dicho punto al E. se medirán 500 metros, fijándose la primera estaca; desde ésta al Norte 400 metros, fijándose la segunda; desde ésta al Oeste 500 metros, fijándose la tercera; desde ést al Sur 400 metros, que es hasta el punto de partida, quedando así cerrado el rectángulo de las 20 pertenencias solicitadas. / Lo que he dispuesto se inserte en este periódico oficial para que cuantas personas tengan que hacer oposición, lo verifiquen dentro del término de sesenta días que fija la vigente ley de minas. Cádiz 19 de octubre de 1885. / El Gobernador, FERNANDO DE GABRIEL.”» 

NOTA DEL TRANSCRIPTOR: (1) Fernando de Gabriel Ruiz de Apodaca (Badajoz, 19 enero 1828 – Madrid, 5 noviembre 1888). Militar de Artillería y diputado a Cortes. Biografía. Fuente: Real Academia de la Historia. https://historia-hispanica.rah.es/biografias/18767-fernando-gabriel-y-ruiz-de-apodaca

Detalle de retrato de Fernando de Gabriel Ruiz de Apodaca, por Bartolomé Maura Montaner, 1883. Fuente: Biblioteca Nacional de España. 

Reproducción digital del primer anuncio de solicitud transcrito. Fuente: Archivo Diputación Provincial de Cádiz. 

«”Don Fernando de Gabriel y Ruiz de Apodaca, Caballero Gran Cruz de la Real y distinguida Orden de Isabel La Católica y Gobernador Civil de esta Provincia. / HAGO SABER: Que Don Tomás Morant y Bañó, vecino de Sevilla, como apoderado de Don José Joaquín de Arrieta, que lo es de Madrid, ha presentado en este Gobierno, a las doce y treinta minutos del día cinco del actual, SOLICITUD DE REGISTRO DE VEINTE PERTENENCIAS DE MINERAL DE AZUFRE Y PETRÓLEO, con el nombre de <AFORTUNADA>, sita en término de CONIL, paraje que llaman LA INOJERA, de la propiedad de Don José Tomás Borrego, que linda por el Norte con terrenos de dicha propiedad; por Sur con la mina <MORIMA>; por Este con el cortijo de la Inojera, y por el Oeste con la Fuente del Pilar, o abrevadero. / La designación que hace es la siguiente: Se tomará por punto de partida el ángulo N.O. de la mina <MORIMA>; desde dicho punto en dirección Norte se medirán 400 metros, fijándose la primera estaca; desde ésta en dirección Oeste 500 metros, fijándose la segunda estaca; desde ésta en dirección Sur 400 metros, fijándose la tercera; desde ésta, al Este, hasta el punto de partida, 500 metros; quedando cerrado el rectángulo de las veinte pertenencias solicitadas. / Lo que he dispuesto se publique en este periódico oficial, a fin de los que se crean perjudicados, presenten sus alegaciones en este Gobierno, dentro del plazo de sesenta días. Cádiz 17 de octubre de 1885. / El Gobernador, FERNANDO DE GABRIEL.”» 

Reproducción de la solicitud del segundo lote de pertenencias mineras. Fuente: Archivo Diputación Provincial de Cádiz. 

*** Fuente:BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÁDIZ”, Núm. 257, miércoles 11 de noviembre de 1885. Archivo Diputación Provincial de Cádiz. 

lunes, 9 de marzo de 2026

EN UNO DE LOS RINCONES DEL ARCHIVO PARROQUIAL DE CONIL: “PLIEGO MATRIMONIAL” (1783).

Los expedientes matrimoniales son un conjunto de documentos, más o menos amplios, que acreditan la idoneidad de una pareja para casarse, en este caso, por la lglesia Católica, bajo el derecho canónico, y que se custodian en el Archivo de la propia Parroquia. Son una fuente muy importante para la genealogía, ya que contienen detallada información sobre los contrayentes y sus padres, así como los testigos, existencia de dispensas episcopales, edad y parentela.

En la entrada de hoy, dos jóvenes de 22 años, después de pasados tres años de formalizar ante sus familias los esponsales o compromiso de casamiento, inician el trámite para el matrimonio religioso, para ello presentan ante el Vicario de las Iglesias de Conil sus dos partidas de bautismo, sus propias declaraciones, el consentimiento de los padres, que lo hacen como testigos, así como la de la madre de ella. Una vez comprobado no estar casados con anterioridad, no tener parentesco entre sí, no haber hecho votos de castidad y no tener promesa de religión, se dicta Auto de poder recibir el Sacramento del Matrimonio, precedidos de los demás requisitos dictados por el Santo Concilio de Trento.

El novio: Christoval de la Torre / Sus padres: Antonio de la Torre y Petronila Ramona Leal y Palacios

La novia: Victoriana Galindo / Sus padres: Gaspar Josef Galindo y Juana Josefa Birues de Molina

Vicario de las Iglesias de Conil: Juan Marin Moreno.

Notario público: Andres Antonio de la Flor.

[Ambientación] Imagen idealizada de la instrucción matrimonial ante los encargados de llevarla a cabo. Fuente: ChatGPT Google. 

Transcripción literal de Rafael Coca López

«” PORTADA. CONIL. AÑO 1783. PLIEGO MATRIMONIAL DE DON CHRISTOVAL DE LA TORRE Y DOÑA VICTORIANA GALINDO. N.º 1515.

Folio 1. [Partidas de bautismo de los contrayentes]

Como Cura de las Iglesias de esta Villa CERTIFICO que en el libro de Baptismos que se guarda en el archivo de esta Parroquial y que principia el año pasado de 1755 [Libro 17-18, 1749-1761], al folio 170, estaba la siguiente partida: BAPMO de VICTORIANA GALINDO.- En la Villa de Conil de la Frontera en diez y seis de Noviembre de mil setecientos y sesenta y uno, Don Marcos Cevada Ballesteros, Cura de sus iglesias BAPTICÉ a VICTORIANA que nacio â once de dicho mes, hija lexitima de Gaspar Joseph Galindo y de Dª Juana Josepha Virues de Molina, naturales y vecinos de esta Villa, fue su madrina Dª Ignacia Rosalia Virues, a quien adverti la obligacion y parentesco espiritual. Lo firmé. Don Marcos Cevada Ballesteros.

Asimismo certifico que en otro libro que principia el año de 1761 [Libro 19, 1761-1775], al folio 17 vto, se registra la partida que sigue: BAPMO de CHRISTOVAL … En la Villa de Conil de la Frontera en veinte y quatro de Enero de mil setecientos sesenta y dos, Yo Don Christoval Garcia de la Torre, Cura de sus Iglesias BAPTICÉ â CHRISTOVAL que nacio â veinte y uno de dicho mes, hijo lexitimo de Antonio de la Torre y de Doña Petronila Ramona Leal y Palacios, naturales y vecinos de esta Villa. Fue su padrino Don Bartholome Cantillo a quien adverti la obligacion y parentesco. Lo firme. Don Christoval Garcia de la Torre.

CONCUERDAN estas partidas con sus originales y que me refiero. Y para que conste donde convenga xxx que firmo. Conil y Octubre nueve del año de mil setecientos ochenta y tres. = Don Xpl. Garcia de la Torre. “» 

Reproducción fotográfica de la portada del “pliego matrimonial”, n.º 1515, 1783. Fuente: Archivo Parroquial de Conil de la Frontera.

Folio 2. En la villa de Conil de la Frontera â nuebe de octubre de mil setecientos ochenta y tres, ante el Sr. D.Juan Marin Moreno, Vicario de sus Iglesias SE PRESENTA D. Xpl. de la Torre, hijo lexitimo de D. Antonio de la Torre, y de Dª Petronila Ramona Leal, y Dª Victoriana Galindo, hija lexitima de Gaspar Josef Galindo, y de Dª Juana Josefa Birues, todos naturales y vecinos de esta villa ante usted, como mas haya lugar, dezimos tenemos contrahidos de futuro matrimonio, que ahora nuebamente intentamos efectuar, por mediacion de palabras, para cuio fin, presedido el rezivo de nuestras declaraciones, con la informacion que de nuestras libertades ofrezemos, usted se ha de servir mandar despachar su auto y mandamiento en forma para nos amonestar casar; por tanto, SUPLICAMOS a usted, que mediante lo relacionado en este escrito, se sirva dar curso, según y como en el se contiene, por ser justo que pedimos, y para ellos les presentamos nuestras partidas de Bautismos.

AUTO. Por presentada con los documentos que refiere: recivanse las declaraciones a los contrayentes con la informacion de libertad que dexan ofresida: lo manda dar el Señor D. Juan Marin Moreno Vicario de las Iglesias de esta villa de Conil de la Frontera. En ella a nuebe de octubre de setecientos ochenta y tres. D. Juan Martin Moreno. Andres Antonio de la Flor.

DECLARACION DE D. XPL. DE LA TORRE. En Conil dia, mes y año del Auto anterior; ante dicho Sr. Vicario PARECIO D. Xpt. de la Torre, vecino de esta villa, â quien doi fee conosco, del qual usted presente mi le recivio juramento que hizo por Dios Nuestro Señor y su Santa Cruz según dixo, so cargo ...

Folio 3. … del xxx ofrecio decir verdad, y siendo preguntado del tenor de la instruccion matrimonial, DIXO, es hijo lexitimo de D. Antonio de la Torre, y de Dª Petronila Ramona Leal, y que abria espera de tres años contraxo esponsales con Dª Victoriana Galindo, hija lexitima de Gaspar Josef Galindo y de Dª Juana Josefa Birues, todos naturales y vecinos desta villa, para cuio efecto el declarante no tiene impedimento para quanto no ha efectuado otros, ni estado ausente matrimonio y tampoco tener parentesco con la citada Dª Juana, ni haver hecho voto de Castidad, ni promesa de Religion; siendo quanto ha expuesto la verdad, so cargo de su prestado juramento, que es de edad de veinte y dos años, no firmó por no saber, hiso lo sumo, doy fee. = Marin. Andres Antonio de la Flor.

DECLARACION DE Dª VICTORIANA GALINDO. Incontinenti ante dicho Sr. Vicario y mi presencia; estando en las casas de Gaspar Josef Galindo; PARECIO Dª Victoriana, su hija, de la qual xxx por ante mi la recivio juramento que hizo por Dios Nuestro Señor y su Santa Cruz según dixo, so cargo xxx ofrecio decir verdad y siendo preguntada al tenor de la instruccion matrimonial, DIXO, es hija lexitima de Gaspar Josef Galindo y de Dª Juana Josefa Birues y que abra unos tres años contraxo esponsales con D. Xpl. de la Torre, hijo lexitimo de D. Antonio de la Torre y de Dª Petronila Ramona Leal, todos naturales y vecinos desta villa, por cuio efecto la declarante no tiene impedimento para quanto no ha efectuado otros, ni estado ausente matrimonio, como por no tener parentesco con el mencionado D. Christoval, ni tampoco haver hecho voto de Castidad, ni promesa de Religion; y de xxx toda xxx para poder seguramente disponer de su persona, siendo …

Folio 4. … quanto dexa expuesto de verdad, so cargo de su prestado juramento, que es de edad de veinte y dos años, no firmó por no saber, hiso lo sumo, doy fee. = Marin. Andres Antonio de la Flor.

Reproducción fotográfica de los seis folios de que consta el “pliego matrimonial”, n.º 1515, 1783. Fuente: Archivo Parroquial de Conil de la Frontera. 

TESTIGO D. ANTONIO DE LA TORRE. En Conil dia, mes y año del Auto anterior, ante el mismo Sr. Vicario y mi presencia, PARECIO D. Antonio de la Torre, vecino desta villa, a quien doi fee conosco, del qual por ante mi le recivio juramento que hizo por Dios Nuestro Señor y su Santa Cruz, según DIXO, so cargo ofrecio decir verdad, y siendo preguntado al tenor de la instruccion matrimonial; DIXO conose a D. Xpl. de la Torre, (como que es su hijo lexitimo y de Dª Petronila Ramona Leal, su muger) el qual abia tres años contraxo esponsales con Dª Victoriana Galindo, hija lexitima de Gaspar Josef Galindo y Dª Juana Josefa Birues, todos naturales y vecinos desta villa; para cuio efecto los susodichos no tienen impedimento por quando ignora hayan efectuado otros algunos esponsales, ni conocido los vecinos deste pueblo, no mediar entre ellos parentesco, y prudentemente, discurrir no abian hecho voto de Castidad, ni promesa de Religion, y traera prestado el testigo su LICENCIA Y PERMISO para la celebridad del matrimonio, siendo quanto ha expuesto la verdad, so cargo del mentado juramento, que es de edad de cinquenta y ocho años, lo firmó con todos, doy fee. = Marin. Andres Antonio de la Flor.

TESTIGO GASPAR JOSEF GALINDO. Incontinenti ante dicho Sr. Vicario y mi presencia PARECIO …

Folio 5. Gaspar Josef Galindo, vecino desta villa, al que doy fee conosco, del qual por ante mi le recivio juramento, que hizo por Dios Nuestro Señor y su Santa Cruz, según DIXO, so cargo ofrecio decir verdad, y siendo preguntado al tenor de la instruccion matrimonial; DIXO, conose mui bien a D. Xpl. de la Torre, el qual es hijo lexitimo de D. Antonio de la Torre y de Dª. Petronila Ramona Leal, y abra espacio de unos tres años contraxo esponsales con Dª. Victoriana Galindo, hija lexitima del declarante y de Dª Juana Josefa Birues, su muger; todos naturales y vecinos desta villa, para cuyo efecto los susodichos no tienen impedimento por quanto no han efectuado otros, ni conocidos los vecinos deste pueblo, como por que entre ellos no media parentesco, creer prudentemente no abian hecho voto de Castidad, ni promesa de Religion, y traer prestado el testigo su LICENCIA Y PERMISO para la celebridad del matrimonio, siendo quanto dexa expuesto la verdad so cargo de su mentado juramento; que es de edad de [en blanco en el original], no firmó porque aseguró no saber, hiso lo sumo, doy fee. = Marin. Andres Antonio de la Flor.

DECLARACION DE Dª JUANA JOSEFA BIRUES. Incontinenti ante dicho Sr. Vicario y mi presencia se PRESENTO Dª Juana Josefa Birues, vecina y natural desta villa, a quien doy fee conosco, de la qual por ante mi le recivio juramento, que hizo por Dios Nuestro Señor y su Santa Cruz, según DIXO, so cargo ofrecio decir verdad,y siendo preguntada al tenor de la instruccion matrimonial; DIXO, conose a D. Xpl. de la Torre y a Dª Petronila Ramona Leal, y podrá haver tres años que el Sr. dicho contraxo esponsales con Dª Victoriana Galindo, hija de la declarante y de Gaspar Josef Galindo, su marido …

[Ambientación] Imagen idealizada de la instrucción matrimonial ante los encargados de llevarla a cabo. Fuente: ChatGPT Google. 

Folio 6. para cuio efecto los susodichos no tienen impedimento por quando los susodichos no han efectuado otros, ni conocido los vecinos deste pueblo, como porque entre ellos no media parentesco, creer prudentemente no abran hecho voto de Castidad, ni promesa de Religion, y que quanto ha expuesto es la verdad, so cargo del mentado juramento, que es de edad de [en blanco en el original], no firmó porque aseguró no saber, hiso lo sumo, doy fee. = Marin. Andres Antonio de la Flor.

AUTO. En Conil â diez de Octubre del mencionado año [mil setecientos ochenta y tres], el mismo Sr. Vicario, haviendo visto la Justificación presente duda por parte de los contrayentes de la que resulta haver provado integramente sus libertades, MANDÓ SE DESPACHE MANDAMIENTO para que los Curas desta villa, presedidos examen de la doctrina xptiana, los AMONESTEN en los tres primeros dias festivos, según lo dispuesto por el Santo Concilio de Trento en su Parroquial, inter Missarum solemnia, y al ofertorio de la Mayor que en cada una se leia en ella y pasadas que sean las veinte y quatro horas despues de la ultima proclama, no resultando canonico impedimento, y estando los contrayentes dispuestos para en gracia recibir al Santo Sacramento del Matrimonio, los DESPOSEN, CASEN, y en tiempo oportuno VELEN; y por este su AUTO la proveyó y firmó. Juan Marin Moreno. Andrés Antonio de la Flor.

NOTA. Despachose el MANDAMIENTO que refiere el AUTO anterior, dia , mes y año de la fecha, doi fee. = Flor. “» 

*** Fuente: Archivo Parroquial Santa Catalina. Expediente matrimonial de Don Christoval de la Torre y Doña Victoriana Galindo, 1783; transcripción literal de Rafael Coca López. Agradecimiento: Yelman Francisco Bustamante Solórzano, párroco de Conil de la Frontera. 

domingo, 8 de marzo de 2026

TRABAJAR EN EL MATADERO DE CONIL (1957).

Se reproduce a continuación el Contrato de Trabajo de un operario del Matadero Municipal. 

Transcripción de Rafael Coca López:

«” CONTRATO DE TRABAJO. Que se celebra entre las partes que seguidamente se indican y con arreglo a las estipulaciones que también se dirán.

PATRONO: Don Luis de Mora-Figueroa y Borrego, Alcalde de Conil, en representación del Ayuntamiento de Conil de la Frontera, provincia de Cádiz, con domicilio en Plaza Calvo Sotelo, número 1.

TRABAJADOR: Don xxx xxx xxx, de 24 años de edad, de profesión peón, con domicilio en Conil, calle Chanca, número 4. 

[Ambientación] Los hermanos José y Manuel Fajardo, hacia 1973, en el Matadero Municipal. Colección María José Fajardo. Fuente: “Conil en la Memoria”, p, 38, 2004. 

CLÁUSULAS:

PRIMERA.- La duración de este contrato se estipula por un año quedando prorrogado tácitamente por tiempo indefinido si una de las partes no avisa con QUINCE DÍAS de anticipación su voluntad de darlo por terminado.

SEGUNDA.- Este contrato quedará automáticamente rescindido, aún no habiendo transcurrido el plazo anual estipulado o estando en vigor cualquiera de sus prórroga, si con anterioridad la Corporación de este Ayuntamiento acordase incluir en su plantilla, con el carácter de obrero de plantilla determinado en el Reglamento de Funcionarios de las Corporaciones Locales, de 30 de mayo de 1952, …

TERCERA.- El trabajo que prestará el obrero contratado será el de TRABAJADOR FIJO con el carácter de PEÓN DE MATADERO.

CUARTA.- El salario que percibirá será el de VEINTITRÉS PESETAS con VEINTICINCO CÉNTIMOS diarios [0,14€] correspondiente a SEIS horas de trabajo, pagaderas por meses de acuerdo con la Reglamentación Nacional de Trabajo en Industrias Cárnicas, aprobado por Orden Ministerial de 9 de agosto de 1948 y Orden de 26 de octubre de 1956, publicada en el B.O. del Estado de 10 de noviembre de 1956.

Fuente: Fondo IGLESIAS PÉREZ

QUINTA.- Además del salario, el trabajador tendrá derecho a todos los demás devengos y beneficios que existen y que en el futuro le concedieran las leyes. 

SEXTA.- El trabajador tendrá las siguientes obligaciones: 1ª Limpieza total del matadero una vez terminada la matanza. 2ª Limpieza de cuanto fuese necesario durante el tiempo que dure la matanza. 3ª Ejecutar todas las labores para cuya realización únicamente se requiera la aportación de su esfuerzo físico, sin la exigencia de práctica operatoria alguna. 4ª Actuar a las órdenes directas del MATARIFE en todo cuanto éste le encomiende para el buen funcionamiento de los servicios de la matanza, siempre que para ello no se requiera habilidad o técnica especial. 5ª Cuantas operaciones de la misma índole que las mencionada en las cláusulas anteriores le fuesen encomendadas por el señor INSPECTOR VETERINARIO como director de la totalidad de los servicios del Matadero y que atendieran al buen funcionamiento de éstos. // Y para que conste y surta los oportunos efectos, se extiende el presente por cuadruplicado, en Conil de la Frontera a UNO DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE. // EL TRABAJADOR [Aparece una huella dactilar, por no saber firmar]. // EL PATRONO [Aparece firma y rúbrica de:] Luis de Mora-Figueroa. “» 

HISTORIAS DE LUIS BRICEÑO, 52.

¡SIEMPRE HAY JUSTICIA! Había heredado una casa antigua, pero espaciosa, y unas tierras de secano, con parte de regadío, que, aunque ayuda...