sábado, 4 de julio de 2026

EL TELÉGRAFO DE CONIL (1922).

En la práctica, para el ciudadano medio, el servicio de telégrafo ya no tiene utilidad real, salvo para un uso ceremonial o institucional. En la mayoría de los países se han reducido los servicios, porque están completamente superados por alternativas más rápidas y económicas: correo electrónico, sms, whatsapp, telegram. … máxime si mantener la red telegráfica no compensa el gasto cuando el número de usuarios es mínimo.

Hace décadas, el telégrafo era el medio para comunicaciones urgentes de larga distancia; hoy, ningún uso cotidiano requiere esa tecnología.

Recorte de la noticia comentada. Fuente: EL NOTICIERO GADITANO, 10 mayo 1922. Biblioteca Virtual de Prensa Histórica, Ministerio de Cultura. 

Transcripción:

«” NOTAS DEL DÍA. DESTINO. Ha sido destinado a la estación de CONIL la auxiliar de telégrafo doña Carmen Trigo, que presta servicios en la central de Cádiz. // EL TELÉGRAFO EN CONIL. Los vecinos de CONIL se lamentan de que no funcione la estación telegráfica de aquel pueblo, ahora que el servicio de comunicación rápida se hace más necesario en aquella localidad, por estar próxima la PESQUERA DEL ATÚN, que es su industria más importante. / Sabemos que está nombrado el funcionario que ha de servir dicha estación, único obstáculo para que esta funcione, y sería conveniente se activase su reapertura, como lo demandan los intereses de CONIL. “» 

[Ambientación] Imagen ficticia de una telegrafista transmitiendo un mensaje. Fuente: Creación de ChatGPT Gooogle. 

Fuente: EL NOTICIERO GADITANO: diario de información y de intervención política”. Año IV, Núm. 1056, 10 mayo 1922. Biblioteca Virtual de Prensa Histórica, Ministerio de Cultura. 

viernes, 3 de julio de 2026

LISTA DE ELECTORES DE CONIL (1883).

En el suplemento del Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz del lunes 8 de enero de 1883, la Comisión Electoral del Distrito de Cádiz publica la lista rectificada de los electores con derecho a participar en las elecciones de Diputados a Cortes. En las páginas 39 y 40 se relacionan los correspondientes a la 5ª Sección, CONIL, incluyendo sus nombres, domicilios y las rentas —de carácter territorial o industrial— que justificaban su inclusión en el censo electoral.

Conviene señalar que, en este momento histórico, España se encontraba bajo el sistema político de la Restauración borbónica, instaurado tras el regreso al trono de Alfonso XII. El sistema electoral vigente era el sufragio censitario, lo que significaba que el derecho al voto estaba restringido a una minoría de la población que cumplía determinados requisitos económicos. En concreto, solo podían figurar como electores aquellos varones que acreditasen un nivel mínimo de contribución fiscal, ya fuera a través de propiedades agrarias (renta territorial) o de actividades comerciales e industriales (renta industrial).

Este modelo excluía a la mayor parte de la población —jornaleros, pequeños campesinos sin propiedad, obreros y otros sectores populares—, de modo que el cuerpo electoral estaba formado fundamentalmente por propietarios, contribuyentes acomodados y determinadas élites locales. Además, el proceso electoral se desarrollaba en un contexto fuertemente condicionado por las prácticas del sistema político de la época, caracterizado por el turno de partidos y el control del proceso electoral mediante redes de influencia local, conocidas como caciquismo.

Por tanto, la lista publicada en el Boletín no solo cumple una función administrativa, sino que refleja con claridad la estructura social y económica del municipio de Conil en 1883, al identificar a aquellos vecinos que, por su posición económica, tenían acceso a la participación política en las elecciones a Cortes. 

[Ambientación] Fotografía alegórica a la confección de una lista electoral, con un fondo de Conil obtenida de una imagen de 1910, de la colección particular, y mejorada, de Scard Bermos, Juan Bermúdez Ramos. Fuente: Creación de ChatGPT. 

En el listado que se reproduce a continuación, se aprecia que, con bastante diferencia, el mayor rentista era José Tomás Borrego Mihura, con una exclusivamente territorial de 2855,29 pesetas; siguiéndole, a bastante distancia, algunos miembros de la familia Amar: Juan Amar García, con 701, 83 pesetas, Antonio Amar Morales, 534,99, y su hermano Manuel, con 493,48. En otro aspecto, se observa el mantenimiento actual de muchos nombres de calles, como: Cádiz, Virgen, San Sebastián, Prieta, Bilbao, Baluarte, Alta, …, y otras, que, por el contrario, lo han cambiado, pero que en la memoria colectiva conileña se mantienen: Palma (Antonio Ureba), Teniente (José Velarde), Napolitano (General Gabino Aranda), Larga (Pascual Junquera), Peñón (José Tomás Borrego), Ana Blanca (Sagasta), … 

Cabecera del número del Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, donde se publica la lista de los electores censitarios de Conil. Fuente: Archivos Históricos Municipal de Conil y/o Provincial de Cádiz. 

Reproducción fotográfica del listado censitario de Conil. Fuente: Archivos Históricos Municipal de Conil y/o Provincial de Cádiz. 

Dentro del listado, bajo el epígrafe de “CAPACIDADES”, aparecen unos señores (siempre varones), que demuestra que el derecho al voto no era universal, sino restringido. Aparte de las personas que podían votar por pagar determinados niveles de impuestos (territoriales o industriales, que ya se han expuesto), estaban los que su derecho al voto les venía por su formación, profesión o cargo, y estaban relacionados por ser: médico, profesor de instrucción primaria, cura propio, veterinario, secretario de ayuntamiento, … Todos tenían la “capacidad” suficiente para participar en la vida política aunque no alcanzaran el mínimo de contribución económica exigido

Relación de electores bajo “Capacidades”, que podían votar por su profesión o estatus intelectual, no por su riqueza. Fuente: Archivos Históricos Municipal de Conil y/o Provincial de Cádiz. 

*** Fuente: Archivos Históricos Municipal de Conil y/o Provincial de Cádiz.  

jueves, 2 de julio de 2026

AQUELLOS CULTOS A LAS VIRTUDES (1977).

Programa de mano correspondiente a los solemnes cultos en honor de Nuestra Señora de las Virtudes, Patrona de Conil, agosto-septiembre 1977.

El itinerario de la tradicional procesión, nos muestra lo poco que ha variado el nomenclátor o callejero con la llegada de la democracia: Padre Ramírez, Prieta (Rodríguez de Valcárcel), Capitán Pérez Moreno, José Velarde, Señores Curas, Antonio Ureba, Plaza Andalucía (José Antonio), Plaza España y Virgen.

Fuente: Fondo documental Iglesias Pérez. 

 

miércoles, 1 de julio de 2026

EN UNOS DE LOS RINCONES DEL ARCHIVO PARROQUIAL DE CONIL: “ERMITA MARÍA AUXILIADORA” 2/5 (1929).

A comienzos del siglo XX, el desarrollo de las zonas de colonización agraria en el entorno rural de Conil de la Frontera propició la formación de nuevos núcleos de población, como el de Barrio Nuevo, habitado en buena medida por parcelistas y sus familias. Estas comunidades, surgidas al amparo de políticas de reparto y aprovechamiento de tierras, no solo afrontaban el reto de consolidar su economía, sino también el de estructurar su vida social y espiritual. En este contexto, la ausencia de un espacio propio para el culto religioso, impulsó a los vecinos a promover la construcción de una capilla, que atendiera sus necesidades espirituales cotidianas. 

La iniciativa, canalizada a través del Cura Párroco de la localidad, se inscribe en una tradición en la que la Iglesia desempeñaba un papel central en la cohesión de las comunidades rurales. La petición elevada a la autoridad eclesiástica, refleja tanto la implicación de los fieles, como la importancia concedida a la práctica religiosa en la vida diaria. La respuesta oficial del Obispado, encabezado por Marcial López Criado, no solo autoriza la edificación de la capilla, sino que establece las condiciones y procedimientos para su construcción, financiación y puesta en servicio, evidenciando el marco administrativo y canónico que regulaba este tipo de iniciativas.

El documento que sigue constituye, por tanto, un testimonio valioso de la articulación entre comunidad, Iglesia y Estado en la España de la época, así como del esfuerzo colectivo de unos vecinos por dotarse de un espacio propio de culto bajo la advocación de María Auxiliadora, símbolo de protección y amparo espiritual. 

Encabezamiento del escrito de respuesta del Obispo a la solicitud de construcción de la capilla en Barrio Nuevo. Fuente: “Carpeta de misceláneas”, Archivo Parroquial Santa Catalina, Rafael Coca López, 7 agosto 2025. 

Transcripción libre de Rafael Coca López:

«”NOS DOCTOR DON MARCIAL LÓPEZ CRIADO, por la gracia de Dios y de la Santa Sede Apostólica Obispo de Cádiz y Algeciras, Administrador Apostólico de Ceuta, Prelado Doméstico de Su Santidad, Académico correspondiente de la Real de Bellas Artes de San Fernando, etc., etc., Oficial Gran Cruz de la Orden Militar de Cristo de Portugal, etc., etc.

Vista esta instancia del Sr. Cura Párroco de Conil, y los documentos que la acompañan, y siendo de necesidad para el bien espiritual de los fieles la erección de la capilla solicitada, venimos en disponer lo siguiente:

1º.- Damos nuestra licencia al Sr. Cura Párroco de Conil para que en “Barrio Nuevo”, y en los terrenos que para este objeto han sido cedidos por el Estado, edifique una capilla con sujeción al plano, precepto y presupuesto presentados, que aprobamos.

2º.- La capilla se dedicará a la Santísima Virgen bajo el título de María Auxiliadora

Estado de la ermita una vez construida en 1929, y tras un periodo de abandono y ruina, inmediatamente antes de la rehabilitación en los años 2005 y 2006. Fuente: “Diario de Cádiz”, 27 noviembre 2005, Aragón Pina

3º.- Facultamos al recurrente para que, “servatis fabricis”, proceda a la bendición y colocación de la primera piedra en el día que bien tenga, levantando acta, por duplicado, que de cuyos ejemplares Nos enviará para unirlo al expediente de su razón, y archivado el otro en el de la parroquia.

4º.- Autorizamos al dicho Sr. Cura Párroco para que pueda pedir limosna para la edificación de la capilla, no sólo a sus feligreses sino a todos nuestros convecinos.

. 2500 pesetas que el Sr. Cura podrá recoger cuando guste.

5º.- El repetido Sr. Cura Párroco llevará cuenta de los ingresos y gastos que ocurran, la que debidamente justificada, someterá en su día a nuestro examen y aprobación.

6º y por último.- Una vez terminada la capilla, y provista de todos los ornamentos y vasos sagrados, y demás enseres para el culto divino, Nos dará aviso el Sr. Cura Párroco para lo que proceda.

Dado en Cádiz a dos de Marzo de mil novecientos veinte y nueve.

[Firma y rúbrica de:] +Marcial, Obispo de Cádiz, A.A. de Ceuta.

Por mandato de S. E. Rvdma. el Obispo, mi Señor, [Firma y rúbrica de:] José Salinas Anchelerga, Canónigo Secretario.”»

Final del escrito transcrito, correspondiente a las firmas y rúbricas autógrafas del Obispo y su Secretario. Fuente: “Carpeta de misceláneas”, Archivo Parroquial Santa Catalina, Rafael Coca López, 7 agosto 2025. 

*** Fuente: “Carpeta Misceláneas”. Archivo Parroquial Santa Catalina. Agradecimiento: Yelman Francisco Bustamante Solórzano, párroco de Conil. 

martes, 30 de junio de 2026

EL SERVICIO DE CORREOS (1899).

A finales del siglo XIX, el servicio de correos constituía un elemento esencial para la comunicación entre ciudades y poblaciones, especialmente en territorios donde la prensa y la correspondencia eran los principales vehículos de información. Sin embargo, su funcionamiento no siempre respondía a las necesidades de inmediatez que demandaban los ciudadanos. La reseña que sigue refleja una queja reiterada en la época: la ineficiencia en la distribución del correo en la provincia de Cádiz, donde intereses particulares y deficiencias organizativas provocaban retrasos injustificados, en perjuicio del interés público y del derecho a una comunicación ágil. 

[Ambientación] El servicio de correos por ferrocarril en la estación de San Fernando. Fuente: Imagen creada por ChatGPT. 

«”DE CORREOS.- Duélenos la frecuencia con que nos es preciso molestar la atención del Sr. Barroso [posiblemente, el Administrador Provincial de Correos en Cádiz], a fin de que sean subsanados defectos en el servicio que dignamente dirige; pero no podemos excusarnos de cumplir los deberes anejos a nuestra profesión. // De Chiclana, Conil Vejer de la Frontera, recibimos cartas cuyos autores, interpretando la opinión de aquellos pueblos, se quejan de que llegando a San Fernando el correo general de Madrid y provincias a las siete de la noche, esté detenido en dicha estación, porque así place al contratista del transporte de la correspondencia, hasta las siete de la mañana, hora en que, llegando el correo de Cádiz, son conducidas las sacas a los nombrados pueblos, es decir, que las cartas y periódicos que para los mismos lleva el correo general, permanecen innecesariamente DOCE HORAS en San Fernando, siendo así que deberían salir inmediatamente para las localidades a que van destinados. // Bien se nos alcanza que con el sistema actual, obtiene el contratista un positivo beneficio, que desaparecería al reformar el servicio en el sentido que indicamos; pero, ¿qué remedio? el interés general debe sobreponerse al individual.”» 

Fuente: “EL IMPARCIAL”, lunes 30 de enero de 1899. 

*** Fuente: “EL IMPARCIAL, diario liberal”, año XXXIII, núm. 11414, Madrid, lunes 30 de enero de 1899. Hemeroteca Digital, BNE.  

lunes, 29 de junio de 2026

UN PASEO POR EL ARCHIVO HISTÓRICO MUNICIPAL DE CONIL: “REPARTOS DE TIERRA” (1.839).

El acta municipal de 17 de septiembre de 1839 conservada en CONIL, constituye un testimonio excepcional de la conflictividad social y agraria que caracterizó a numerosos pueblos andaluces durante el tránsito del Antiguo Régimen al Estado liberal. El documento refleja con extraordinaria claridad la presión ejercida por jornaleros, braceros y vecinos pobres sobre las autoridades locales para obtener acceso a la tierra, en un contexto marcado por la crisis económica, la desigual distribución de la propiedad y las expectativas abiertas por la legislación liberal emanada de las Cortes desde 1813.

La sesión del Ayuntamiento muestra cómo una “multitud de braceros y otras personas” reclamaba el cumplimiento efectivo de anteriores repartos de tierras comunales y baldías, especialmente los derivados de los Decretos de las Cortes de 1813 y 1822, así como de las disposiciones promulgadas tras el restablecimiento del régimen constitucional. La Corporación reconoce expresamente la “extrema miseria” de buena parte de la población y considera que el acceso a una “suerte de tierra” permitiría aliviar la pobreza, sostener a las familias y convertir a aquellos vecinos en “hombres útiles al Estado”. Nos encontramos, por tanto, ante un discurso donde la cuestión social aparece íntimamente ligada a la utilidad pública, la productividad agraria y la estabilidad política.

El texto revela asimismo las tensiones existentes entre los usos tradicionales de los terrenos comunales y las demandas de cultivo por parte de los sectores populares. El Ayuntamiento defendía que amplias extensiones de la Dehesa de la Villa y de los baldíos del Sombrerero permanecían infrautilizadas —destinadas fundamentalmente al pasto de ganados de labor— mientras numerosos vecinos carecían de medios de subsistencia. Frente a ello, se proponía transformar parte de esos espacios en pequeñas parcelas agrícolas sujetas a un canon moderado, argumentando incluso que la medida resultaría beneficiosa para los propios fondos municipales.

Especial interés presenta el tono del acta, que combina comprensión hacia las reclamaciones populares con una clara preocupación por el mantenimiento del orden público. El documento describe cómo grupos de vecinos llegaron a señalar por su cuenta parcelas en la Dehesa y cómo centenares de personas se congregaron frente a las Casas Capitulares reclamando tierras. Aunque el Ayuntamiento reconocía la legitimidad de muchas de sus demandas, también insistía en evitar actuaciones “intempestivas” y en disolver cualquier reunión popular mientras se solicitaba autorización a la Diputación Provincial para efectuar un nuevo reparto legalizado.

Este acuerdo municipal permite observar, en definitiva, uno de los grandes problemas estructurales de la Andalucía contemporánea: la desigualdad en el acceso a la tierra y la permanente aspiración campesina a obtener pequeñas explotaciones de cultivo. Al mismo tiempo, pone de manifiesto el papel ambiguo de las corporaciones locales liberales, situadas entre las exigencias de las autoridades superiores, los intereses económicos tradicionales y la presión creciente de una población empobrecida que identificaba la tierra como principal garantía de supervivencia y justicia social.

[Ambientación] Muchos braceros descontentos, tomaron posesión de varias suertes a su criterio. Fuente: Imagen creada por ChatGPT. 

Transcripción textual de Rafael Coca López:

«”[Papel sellado] SELLO 4º / 40 MARAVEDIS / ISABEL 2ª POR LA GRACIA DE DIOS Y LA CONSTITUCION REYNA DE LAS ESPAÑAS 1839. / Acta de 17 de SEPTIEMBRE.- En la Villa de Conil de la Frontera á diez y siete de Septiembre de mil ochocientos treinta y nueve, reunidos en la Sala Capitular á efectos de celebrar cabildo ordinario los Señores del Ayuntamiento Constitucional que al margen se expresan [Alcalde Presidente Primero Don Miguel Ramirez; Regidores: Don Alonso Camacho, Don Cosme Gallardo, Don Juan Seco y Don Pedro Trujillo; Síndico Don Francisco Leal] se dió principio por ante mi á esta Sesion en la forma siguiente = …

El mismo Sindico espuso que como ha dicho en estos ultimos dias a la Corporacion, MULTITUD DE BRACEROS Y OTRAS PERSONAS LOS HAN RODEADO VARIAS OCASIONES PIDIENDO QUE SE LES DEN SUERTES DE TIERRAS, Y LOS OTROS QUE SE LES PONGA EN POSESION DE LAS QUE FUERON CONCEDIDAS EN EL AÑO DE MIL OCHOCIENTOS VEINTE Y DOS, Ó SE LES REMUNERE CON OTRAS EQUIVALENTES EN VALOR Y CIRCUNSTANCIAS CON ARREGLO Á LO QUE SOBRE EL PARTICULAR ESTÁ MANDADO: que a pesar de que ha tratado de lograr por todos los medios dablar que aquellos de apaciguen y templar, no lo ha podido conseguir, habiendo sido el resultado / que en la mañana de ayer SE PRESENTARON EN LA DEHESA DE LA VILLA Y EMPEZARON A SEÑALAR SUERTES DE TIERRA, SIN QUE BASTARA LA PERSUASION DEL CABALLERO SINDICO PARA DETENERLOS EN SU INTEMPESTIVO Y ESTEMPORANEO PASO, HIJO DE SU IMPACIENCIA, PUES AUNQUE SE PRESENTO ALLI Á EVITARLO NO QUISIERON CEDER Á SU PETICION DE QUE SE APARTARAAN DE TAN ESTRAÑO PROCEDIMIENTO.

Reproducción fotográfica del folio inicial del acta de la sesión del Ayuntamiento de 17 de septiembre de 1839, de la que, pese a su extensión, se transcriben íntegramente los pasajes relativos al reparto de suertes de tierras. Fuente: Archivo Histórico Municipal de Conil de la Frontera, Libro Capitular 56-1. 

Asi pues en virtud de que en la noche de ayer, y aun ahora mismo, se encuentran reunidos multitud de individuos reclamando UN REPARTO DE TIERRAS y el cumplimiento de los determinado por el Gobierno, no puedo menos de poner á la consideracion del Ayuntamiento, esta parte pobre del pueblo que en justicia reclama el que se lleven á efecto las Reales determinaciones, habiendo leido yo el Secretario dos manuscritos que sobre este asunto ha sido presentado, teniendo á la vista el Ayuntamiento la ESTREMA MISERIA DE LOS VECINOS DE ESTE PUEBLO Y QUE AGRACIANDOLOS CON UNA SUERTE DE TIERRA PODRAN AYUDARM AL SUSTENTO DE SUS FAMILIAS Y SE CREARAN HOMBRES UTILES AL ESTADO … teniendo tambien presente que muchos de los que adquirieron suertes de tierra á consecuencia de los decretos de las Cortes de cuatro de Enero de mil ochocientos trece y veinte y nueve de Junio de mil ochocientos veinte y dos, no han sido vueltos á la posesion de aquellas con que se les agracio y de que les lanzara un sistema arbitrario y disolvente, de lo que resulta no haber sido cumplimentado respecto á estos / individuos el decreto de las Cortes de trece de Mayo de mil ochocientos treinta y siete, ni las circulares de la Excma. Diputacion de cuatro de Agosto y veinte y uno del Septiembre del mismo año; pues aunque en el se efectuo su reparto fué tan diminuto como que no se comprendieron muchos individuos que por la ley estaban en el caso de ser incluidos, no se les remunero á la mayor parte de los que se incluyeron en aquel reparto y que no pudiera ser repuestos en la posesion de las suertes que poseyeron, como prevenia la ley, las que se les dieron en recompensa gratuitamente no fueron equivalentes, ni con mucho, en valor ni en circunstancias, perjudicando asi estraordinariamente á esta parte integrante del pueblo, digna de toda consideracion, no siendo cierto que fueron repartidas todas las tierras de la DEHESA DE LA VILLA el año de mil ochocientos treinta y cuatro, como se supuso, pues quedaron sobre TRESCIENTAS ARANZADAS fructiferas y de buena calidad sin repartir y que hoy solo sirven para la acogida de BUEYES DE LABOR Y OTROS GANADOS por el mismo objeto, los cuales siguiendo el principio de casi todos los pueblos agrícolas, debian tenerlos acogidos en sus estancias. CONSIDERANDO esta Corporacion al mismo tiempo la utilidad tan estraordinaria que han de seguirse al pueblo de que estas tierras entren / en labor, asi como otra parte de los VALDIOS DEL SOMBRERERO utilizado apara el mismo objeto, no perdiendo de vista que los labradores y criadores en nada son perjudicados puesto que tienen los VALDIOS DE ROCHE mas de TRES MIL ARANZADAS y en el Sombrerero habra quinientas, deduciendo ya la parte que se designa para repartir y que en la misma DEHESA DE LA VILLA ó en otro terreno que al efecto se proporcionara se señalara un egido como de CUARENTA O CINCUENTA ARANZADAS, que a todo lo mas que con dicho objeto deba señalarse, pues de menos tierra se componen los de poblaciones de mucha mucha mas entidad que esta Villa y que no tienen las proporcionadas de los grandes valdios que las misma ofrece en ROCHE y SOMBRERERO; y considerando por ultimo el Ayuntamiento que en esto no se perjudican los fondos de propios, pues aunque por la DEHESA DE LA VILLA, pagan todos los años los dueños de ganado de labor OCHOCIENTOS REALES VELLON, repartidos en suertes ha de ofrecer cuanto menos DOBLE PRODUCTO, pagando los agraciados, el MODERADO CANON DE VEINTE Y DOS REALES VELLON Y DIEZ Y SIETE MARAVEDIS, en que estan sujetos los de su clase. DEBIA DE ACORDAR Y ACORDO, SE SUPLIQUE A LA DIPUTACION PROVINCIAL SE DIGNE AUTORIZAR A ESTA CORPORACIÓN PARA QUE PUEDA VERIFICAR UN REPARTO DE LAS MENCIONADAS TIERRAS DE LA DEHESA DE LA VILLA Y PARTE DEL SOMBRERERO, á fin de llenar cumplidamente el justo decreto de trece de mayo de mil ochocientos treinta y siete y que cesen los / perjuicios que estan sufriendo los que no han sido colocados en posesion de lo que disfrutaban, ni de equivalente, lograndose asi que ESTE PUEBLO GOCE DE LOS BENEFICIOS QUE PROPORCIONAN LABORIOSIDAD A LOS AGRICULTORES. Pues á este efecto se dirije á S.I. certificacion de este acta con el oportuno oficio comunicando el mismo Sindico para que en nombre de esta Corporacion haga presente a dicha Superioridad la URGENTE NECESIDAD QUE HAY DE VERIFICAR EL ANUNCIADO REPARTO, tanto para dar cumplimiento á la ley, cuando por DISMINUIR LA MISERIA DE LOS HABITANTES DE ESTA VILLA.

[Ambientación] Alcalde, Síndico y Secretario salen a la puerta del Ayuntamiento a parlamentar con la multitud congregada. Fuente: Imagen creada por ChatGPT. 

Acto continuo, se ACORDO MANDAR RETIRAR LOS PELOTONES DE HOMBRES QUE SE ENCUENTRAN FRENTE DE LAS CASA CAPITULARES RECLAMANDO TIERRAS Y QUE SE LES PREVENGA QUE BAJO NINGÚN CONCEPTO SEÑALEN TIERRAS EN PARTE ALGUNA ESTANDO QUIETOS HASTA EL RESULTADO QUE OFREZCAN LAS GESTIONES DE ESTA CORPORACIÓN EN CUYO CASO SE FUESE NECESARIO SE LES EMPLAZARIAN POR EDICTOS, pero que no vuelvan a reunirse en ninguna manera, ni bajo pretesto alguno, y habiendo salido el Sr. Presidente á las puertas de la Casa Capitular, acompañado del Caballero Sindico y con mi asitencia, instruyo a la multitud que se encontraba reunida / DE LA DETERMINACION DEL AYUNTAMIENTO, INVITANDOLOS A QUE SE DISOLVIESEN, QUE NO VOLVIERAN A REUNIRSE BAJO NINGUN PRETESTO NI SEÑALASEN TIERRAS EN PARTE ALGUNA Y EN SU CONSECUENCIA, SUMISAS Y OBEDIENTES SE FUERON RETIRANDO, QUEDANDO DISUELTA DICHA REUNION. ...”» 

*** Fuente: Archivo Histórico Municipal de Conil de la Frontera. Sesión Ordinaria del 17 de septiembre de 1839. Libro Capitular 56-1, p. digitalizadas 311-316, ó 155-157v. Agradecimiento: Isabel González Ramírez. // CONIL DE LA FRONTERA, 1411-1975: una aproximación a su historia”, pp. 134-136, Antonio Santos García, en prensa, 2026.  

domingo, 28 de junio de 2026

“ORQUÍDEAS DEL LITORAL DE LA JANDA”, 2007, por PACO MARÍN CEBADA; 5 de 5.

VIENE del 18 de junio de 2026.

7.- El género Ophrys (del griego ophis, serpiente) es un género del que encontramos un considerable número de especies. Suelen brotar bajo pinares y sus arbustos. En este género encontramos las siguientes especies:

Ophrys fusca, que se caracteriza por el color negro de su labelo. Tiene como peculiaridad el ser unas de las primeras en brotar en el año, y son orquídeas comunes.

[Imagen no contenida en el artículo original] Ophrys fusca. Fuente: J. FuentesA. López. Flora vascular de Andalucía: https://www.florandalucia.es 

Ophrys lutea, muy parecida a la anterior en tamaño y robustez, pero con un labelo de color amarillo, a lo que debe su nombre. Su floración es algo posterior.

[Imagen no contenida en el artículo original] Ophrys lutea. Fuente: J. FuentesA. López. Flora vascular de Andalucía: https://www.florandalucia.es

[Imagen del artículo original] Ophrys lutea

Ophrys speculum caracterizada por la gran similitud de su labelo con las abejas a las que pretende atraer. Suele brotar bajo pinares, siendo muy frecuente en el Pinar de La Breña (Barbate). Es algo más pequeña y reducida que las anteriores.

[Imagen no contenida en el artículo original] Ophrys speculum. Fuente: J. FuentesA. López. Flora vascular de Andalucía: https://www.florandalucia.es 

Ophrys bombyliflora, que posee un pequeño labelo rechoncho y que suele brotar a plena luz y es de porte similar a la Ophrys speculum.

[Imagen no contenida en el artículo original] Ophrys bombyliflora. Fuente: J. FuentesA. López. Flora vascular de Andalucía: https://www.florandalucia.es 

Ophrys tenthedinifera, que tiene flor y labelo robustos y es de color amarillo pálido. Es muy común y suele brotar bajo pinares. 

[Imagen no contenida en el artículo original] Ophrys tenthedinifera. Fuente: Autoría desconocida y Granada natural. Flora vascular de Andalucía: https://www.florandalucia.es 

Ophrys apifera, planta robusta, de entre 10 y 30 cm. Con inflorescencia numerosa que llega a 10 flores. Su labelo es de color marrón y de forma circular, similar a una avispa de la que toma el nombre. Suelen brotar bajo pinares y a finales de primavera.

[Imagen no contenida en el artículo original] Ophrys apifera. Fuente: Autoría desconocida y Granada natural. Flora vascular de Andalucía: https://www.florandalucia.es

[Imagen del artículo original] Ophrys apifera

Ophrys scolopax, planta robusta y alargada, con labelo también marrón, pero más alargado, imitando a la becada. Suele brotar bajo pinares y en mitad de la primavera.

[Imagen no contenida en el artículo original] Ophrys scolopax. Fuente: J. Fuentes, Autoría desconocida y Granada natural. Flora vascular de Andalucía: https://www.florandalucia.es

[Imagen del artículo original] Ophrys scolopax

CONCLUSIONES.

En este artículo he nombrado 20 especies en la franja costera que va desde Chiclana a Tarifa, de unos 80 km de largo y 3 de ancho. Estoy seguro de que en países como el Reino Unido y Alemania, encontraríamos menos especies. Esto no sólo ocurre con las orquídeas, lo mismo podríamos decir con las Iris (lirios), Liliáceas (azucenas) y otras familias cosmopolitas. Por esta y otras razones, NUESTRO ESPACIO LITORAL REQUIERE UNA CONSIDERACIÓN Y PROTECCIÓN AMBIENTAL DE PRIMER RANGO. Y por esto, también hay que revisar la idea de progreso a base de destruir nuestras “pequeñas cosas” para construir nuestras “grandes barreras de hormigón”.

Nos daremos cuenta de que el dinero no se come, cuando hayamos cortado el último árbol” (proverbio indio). 

FIN DEL ARTÍCULO.

*** Fuente: Boletín «LA LAJA», Amigos del Patrimonio Natural y Cultural de Conil. Número 8, abril 2007, p.p. 23-27.  

EL TELÉGRAFO DE CONIL (1922).

En la práctica, para el ciudadano medio, el servicio de telégrafo ya no tiene utilidad real, salvo para un uso ceremonial o institucional. ...