viernes, 14 de febrero de 2020

CONIL Y VARIOS IMPUESTOS (1821).

Los novenos, tercias y excusados, eran tres impuestos que la Hacienda percibía en especies. En este caso en granos de cereales. Como consecuencia de esta recaudación, para hacerlo líquido y resolver la frecuente falta de espacio en su almacenamiento, se anuncia en este recorte, la celebración de una subasta pública, dando cuenta de las existencias de trigo y cebada disponibles, así como lugar y fecha de su celebración.


Fuente: “DIARIO MERCANTIL DE CÁDIZ”, del martes 3 de abril de 1821.

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