De como el entonces Obispo de Cádiz, remite al Clero y Fieles de su Diócesis, una circular venida directamente de la Santa Sede, con la firma del Papa Pío Nono, incidiendo en las adversas circunstancias por las que entonces pasaba nuestro país, con un grave peligro para la UNIDAD CATÓLICA ESPAÑOLA. En España se iban a celebrar elecciones durante los días 20 a 24 de enero de 1876 y la jerarquía eclesiástica, como veremos en el documento, desarrolló una campaña para que los católicos no votaran a los partidarios de <esa libertad de perdición>, en referencia a los partidos que defendían la tolerancia religiosa. Finalmente, la sangre no llegó al río, ya que aprobado el borrador de Constitución, el <peligroso> artículo 11 quedaba redactado como sigue: <La Religión Católica, Apostólica, Romana es la del Estado. La Nación se obliga a mantener el culto y sus ministros. Nadie será molestado en el territorio español por sus opiniones religiosas ni por el ejercicio de su respectivo culto, salvo el respeto debido a la moral cristiana. No se permitirán, sin embargo, otras ceremonias ni manifestaciones públicas que las de la religión del Estado.>
Con ello, la Iglesia Católica vio respetados sus intereses, como pudo comprobar a lo largo de los años inmediatos.
El Obispo de Cádiz Félix María de Ariete. Fotografía de Naly Chicano, Ancha 12 Cádiz, 1870. Fuente: “libreriaraimundo punto com”.
[Transcripción libre de Rafael Coca López:]
«” [Membrete, ángulo superior izquierdo] NOS DON FRAY FÉLIX MARÍA DE ARRIETE Y LLANOS [1] POR LA GRACIA DE DIOS Y DE LA SANTÍSIMA SEDE APOSTÓLICA OBISPO DE CÁDIZ Y ALGECIRAS.
Al Venerable Clero y Fieles de esta nuestra Diócesis. / Hemos recibido las letras Apostólicas que a continuación copiamos. / A Nuestros Venerables Hermanos Félix María Obispo de Cádiz, José María Obispo de Canarias, Fernando Obispo de Badajoz y nuestro amado Hijo Ricardo Vicario Capitular de Córdoba. //
Reproducción fotográfica de la primera página de este documento, de un total de cinco, encuadernado a mano, con hilo, y en formato DIN A5, cuartilla; Rafael Coca López, 31 agosto 2021.
PÍO PAPA IX [2].- Venerables Hermanos y amado hijo, salud y bendición Apostólica: Al procurar con nuestra pastoral solicitud remover los peligros con que se veía amenazada en España la UNIDAD CATÓLICA no hemos olvidado que nuestros esfuerzos y trabajos serían secundados por el celo de los Prelados que rigen cada una de las Iglesias. / La carta que en Vuestro nombre y Común Consentimiento nos habéis dirigido el 12 de noviembre, ha venido como esclarecida prueba a poner de relieve los ilustres testimonios con que repetidas veces nos habéis manifestado que sabéis compartir con Nos vuestro celo Pastoral. Por lo cual, no solo alabamos con merecido elogio vuestros esfuerzos en defensa de la mejor de las causas; si que también confiamos que han de ser muy útiles si con VARONIL EMPEÑO procurárais que los fieles todos en España se persuadan y tengan por cierto que con la UNIDAD RELIGIOSA QUE SOSTENEMOS, se defienden y conservan juntamente no solo el culto debido a Dios, los derechos de la Iglesia y religiosidad que a públicos convenios es debida, si que también las ANTIGUAS GLORIAS DE LA NACIÓN, la PAZ DE LOS CIUDADANOS y la firmeza del BIENESTAR y SALUD DE LA PATRIA. Esperamos además que para llevar a feliz éxito nuestro propósito no os ha de faltar la protección de Dios y la cooperación de los demás Prelados y Varones prudentes: entretanto pedimos a Dios derrame sobre vosotros la abundancia de sus celestiales dones, os damos con toda la efusión de nuestro corazón la bendición Apostólica para vosotros Venerables Hermanos y amado Hijo, y también para vuestro Clero y fieles encomendados a vuestra vigilancia. / Dado en Roma, en San Pedro, día 12 de enero de 1876. = Año trigésimo de nuestro Pontificado. = Pío Papa IX.
Pope Pius IX, Giovanni Maria Mastai Ferretti, 1792 - 1878, pope from 1846, carrying out a blessing. Photo by Hulton Archive/Getty Images.
Al leer con profundo respeto y gratitud tan Augusto documento, desde luego nos hicimos un deber en trasmitirlo a Vosotros; tanto porque sois interesados en la bendición Apostólica que a todos nos dispensa el Padre común de los fieles, como también por ser testimonio evidente de un interés por la UNIDAD CATÓLICA DE NUESTRA ESPAÑA. / Recibimos cabalmente esta prueba de cariñosa benevolencia en momentos en que ANGUSTIADO NUESTRO CORAZÓN por el temor de tener que lamentar un mero agravio a nuestra Fe, pensábamos pediros oraciones a fin de evitar a la Iglesia una amargura más sobre las variadas y repetidas que viene años ha, sufriendo; hablamos de la posibilidad, casi seguridad, podemos decir, si hemos de creer al juicio público, de que perdamos NUESTRA UNIDAD CATÓLICA. / Bien sabéis, amados hijos, porque es harto notorio, que en las próximas Cortes [3] se va a someter a su juicio y debates esa unidad que ha sido en todos los siglos, y lo es hoy el distintivo de NUESTRA NACIÓN, su fuerza y su gloria.
[Ambientación] Sesión de apertura de las Cortes celebradas en el Palacio del Senado el 1 de julio de 1878. Grabado de La Ilustración Española y Americana, 8 julio 1878. Fuente: “aulasconmemoria punto com”.
En unión con los otros Reverendos Prelados de esta Provincia Eclesiástica, hemos accedido a ella pidiendo la CONSERVACIÓN en España de la fe de nuestros mayores en toda su integridad y con todos los derechos que como a única VERDAD REVELADA de corresponde; y aunque confiamos serán atendidos nuestros ruegos, sin embargo, como el asunto es gravísimo, hemos acordado se hagan SOLEMNES ROGATIVAS, con el objeto de que su Divina Majestad se digne iluminar a los hombres de la ley y del poder y en el nuevo Código se consigne clara y expresamente que en esta NACIÓN CLÁSICA, por su catolicismo, solo se PROFESARÁ NUESTRA SANTA RELIGIÓN con exclusión de todo OTRO CULTO. / En tal virtud, los curas de las Parroquias de Nuestra Diócesis, en el primer día festivo de recibida esta nuestra Circular, la leerán a los fieles en el Oficio de la Misa Mayor, y en los tres siguientes se harán tanto en dichas Parroquias como en las Iglesias de los Conventos de Religiosas las indicadas Rogativas, en la forma marcada en el Ritual <in quacumque tribulatione>, y de haberlo así verificado darán aviso a nuestra Secretaría de Cámara, los Párrocos y Capellanes de Religiosas. / En Nuestro Palacio de Cádiz, a 16 de febrero de 1876. [Aparece la firma y rúbrica de:] Fray Félix María, Obispo de Cádiz.”»
El Obispo Fray Félix María de Ariete y Llanos. El mismo escudo en el angulo superior derecho del cuadro, aparece en el membrete del documento transcrito. Fuente: “antonioorozcoguerrero.blogspot punto com”, 20 marzo 2015.
Notas:
[1] Fray Félix María de Arriete y Llanos (Cádiz, 15 marzo 1811 – Chiclana de la Frontera, 29 diciembre 1879). Su consagración tuvo lugar en el Palacio de Oriente, apadrinado por el príncipe de Asturias, futuro Alfonso XII, en presencia del nuncio, del patriarca de las Indias y del Padre Claret. Durante su obispado se realizó, en 1866, el tabernáculo de la Catedral de Cádiz. Estuvo en la sede desde 1864 hasta su muerte. Fuente: Wikipedia, la enciclopedia libre.
Amplia biografía, a cargo de José Chamizo de la Rubia, Universidad de Cádiz, clicar AQUÍ y AQUÍ.
[2] Pío IX (Giovanni Maria Mastai-Ferret; Senigallia, 1792 – Roma, 1878).- Papa católico des 1846 a 1878. Fuente: “biografiasyvidas punto com”. Su biografía AQUÍ.
[3] El prelado seguramente se refería a la redacción de un borrador de Constitución que, definitivamente, fue promulgada el 30 de junio de ese año de 1876, constituyendo ella la base de un régimen político, denominado la Restauración Borbónica, puesto que en 1874 el general Martínez Campos había proclamado a Alfonso de Borbón (XII), hijo de la exiliada Isabel II, y que duró hasta septiembre de 1923 con el golpe de Estado del general Primo de Rivera. Fuente: “congreso punto es”.
*** Fuente: Archivo Parroquial Santa Catalina . Carpeta de Correspondencia; documento de fecha 16 de febrero de 1876. Agradecimiento: Yelman F. Bustamante Solórzano, párroco de Conil de la Frontera.
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