Jardines del palacio de los Guzmanes en Sanlúcar de Barrameda. Fuente: Web Fundación Casa Medina Sidonia, consulta del 29/12/2020.
He constatado que, desde 1800 hasta 1807, y seguramente muchos años antes, el duque de Medina Sidonia, señor de Conil de la Frontera, elegía anualmente a los nuevos empleos de Alcaldes Ordinarios, Regidores y Síndico, para la gobernanza de la Villa, sometiendo a su personal criterio los candidatos que previamente le había propuesto el cabildo conileño. Era costumbre, que durante el último trimestre, el cabildo reunido en ayuntamiento, con el Corregidor Justicia y Regimiento, nombraran a las personas, que propondrían al duque para ratificar su elección, con objeto de ejercer sus oficios a lo largo del año siguiente. Se elegían dos alcaldes ordinarios, cuatro corregidores y un síndico procurador general.
El Pliego con los nuevos nombramientos, firmados por el duque y ratificado por el Secretario de su Cámara en Madrid, llegaba a Conil a lo largo del mes de diciembre, y se tenía en cuenta para la convocatoria de la primera reunión capitular del año.
Fuente: Libro de Actas Capitulares 53-2 (1800-1809), p.p. 89-91. Archivo Municipal de Conil de la Frontera.
El escudo del Rey de España encabeza la primera página de este pliego. Es su versión pequeña, de forma ovalada, con la corona de ocho florones, cinco vistos, cuatelado con los símbolos de Castilla y León, el escusón central con los lises del la Casa de Borbón y, abajo, el emblema del reino de Granada; todo ello rodeado por el collar de Toisón de Oro. Aparece, también, abarcando todo el conjunto el texto: “CAROLUS IV D.G. HISPANIARUM REX” (Carlos IV por la gracia de Dios Rey de las Españas).
A continuación, se describen con todo detalle, además de los numerosos apellidos, los títulos que posee, desde marquesados a ducados, pasando por baronías y señoríos, así como los cargos que ejerce, civiles y militares, añandiendo a mano el último adquirido “Mariscal de Campo de los Reales Exercitos”.
Posteriormente, con excesivo paternalismo, asumiendo su responsabilidad en la elección y nombramiento de los cargos públicos para “… el bien general, paz, tranquilidad y felicidad pública de mis amados vasallos,...”, justifica las condiciones morales que deben cumplir estos oficios ejercidos por “… verdaderos padres de la patria … buenos vasallos de S. M. y mios, y de buenos patricios y ciudadanos: he venido y vengo en nombrar como nombro por Alcaldes Ordinarios de la citada mi Villa su término y jurisdicción a Don Pedro Rodríguezy a Don Manuel Calderón; por Regidores a Don Josef de Amar, Don Manuel Román, Don Manuel Garciay Don Juan Marin; y por Sindico Procurador General a Don Ambrosio Sanchez, vecinos de ella: Y mando al Corregidor Justicia y Regimiento de la referida mi villa que juntos en Ayuntamiento como lo han de costumbre, hagan jurar conforme a derecho a los expresados que usarán de dichos oficios bien fiel y legalmente, atendiendo al fin común de la República, al servicio de Dios, el de S.M. y el mio, con lo qual y dando fianzas legas llanas y abonadas, con arreglo a la naturaleza y calidad de sus oficios que las exijan conforme a las Leyes y Pragmáticas de estos Reynos, y a las ordenanzas municipales y buenas costumbres de esa Villa, los reciban y admitan al uso y exercicio de los enunciados Empleos y los pongan sin impedimento ni oposición alguna en la posesión de ellos, y los hayan y tengan como tales durante el siguiente año de mil ochocientos uno ...”.
Termina el texto con la firma a mano, como Marqués de Villafranca, lugar y fecha, concretamente en “… Madrid a veinte y tres de Diciembre de mil ochocientos”, así como una reproducción del escudo con sus armas y la firma del Secretario de la Cámara del Marqués, Lorenzo Tadeo Villanueva.
Fuente: Libro de Actas Capitulares 53-2 (1800-1809), p.p. 89-91. Archivo Municipal de Conil de la Frontera.
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