miércoles, 28 de agosto de 2024

“ORIGEN DE LA VILLA DE CONIL DE LA FRONTERA: poblamiento y privilegios durante el siglo XV”, Antonio SANTOS GARCÍA y Francisco GONZÁLEZ UREBA. 1ª parte de 25.

Siguiendo con la política de este blog (o muro de facebook) de AYUDAR y COLABORAR, modestamente, a la difusión del PATRIMONIO NATURAL Y CULTURAL DE CONIL, se reproduce a partir de hoy un interesante artículo que, el Boletín “La Laja”, en manos de la Asociación homónima, publicó en 2.008, bajo el estandarte de divulgar la Historia de esta Villa. Cada parte consistirá en la reproducción digital de una de las diez y seis hojas del documento y la transcripción de su contenido, con la ortografía original. Todo lo transcrito irá en letra cursiva o bastardilla, incluyendo los pies de páginas intercalados por los autores en el original. 

[Imagen incluida en el artículo, P. 35] Reproducción de las hojas 12 y 13 del documento. 

En aquel Boletín, en su Editorial, a modo de presentación del artículo que se reproducirá, DICE:

« … En la sección de Historia Local damos a conocer un documento excepcional para Conil: el conjunto de PRIVILEGIOS otorgados a la población por los CONDES DE NIEBLA y los DUQUES DE MEDINA SIDONIA durante el siglo XV. SE TRATA DE LOS DOCUMENTOS MÁS ANTIGUOS CONOCIDOS SOBRE CONIL. Los originales han desaparecido, pero se conserva copia del siglo XVIII en el ARCHIVO PARROQUIAL DE SANTA CATALINA (APSC). Estos documentos aparecen por PRIMERA VEZ TRANSCRITOS en su integridad, y convenientemente comentados. » 

[Imagen no incluida en el artículo] Interior del Archivo Parroquial Santa Catalina, integrado en el despacho del Párroco, 20 septiembre 2.021, Rafael Coca López

El artículo comienza con un párrafo a modo de introducción, que es el que a continuación se reproduce. Por otra parte, se considera conveniente alterar el orden que los autores dieron al contenido, decidiéndose ahora exponer antes los comentarios y conclusiones, que la transcripción literal de todo el documento, con objeto de que cuando se esté leyendo ésta, se tendrá una mejor comprensión del contexto en el que tiene lugar

« INTRODUCCIÓN.- El Documento que a continuación vamos a transcribir y a comentar se encuentra en el ARCHIVO PARROQUIAL DE SANTA CATALINA (APSC), Conil de la Frontera, y data de 1.724. Se trata de una copia de documentos anteriores de la villa, fechados en el siglo XV, referidos a la TORRE DE GUZMÁN, denominación bajomedieval de Conil. // La copia fue pedida por don TOMÁS DE LA SUELA, presbítero de Conil y mandada hacer por el escribano público JUAN ALFONSO MORENO, que certifica su concordancia con los “Privilegios originales, que en pergamino quedan escritos y en mi poder” [1] Su autenticidad está fuera de duda, como hemos podido comprobar en el ARCHIVO DUCAL MEDINA SIDONIA (ADMS) en Sanlúcar de Barrameda [2] . // El texto posee una gran importancia para el conocimiento de la historia local y regional, pues estamos ante los primeros testimonios documentales conocidos de la villa de Conil, que revelan datos muy interesantes sobre el origen de la población [3] , constituyendo además un buen exponente del interés de la casa de Guzmán en FAVORECER Y POTENCIAR EL POBLAMIENTO DE SUS SEÑORÍOS, sobre todo el de aquellos lugares que le proporcionaban buenas rentas. Este era el caso de la TORRE DE GUZMÁN (Conil), como intentaremos mostrar en el comentario. »

« COMENTARIO

En el texto que acabamos de transcribir se pueden distinguir tres partes. La primera abarca aproximadamente la mitad del documento y consiste en la CONFIRMACIÓN que en 1.469 hace el duque ENRIQUE (1) (1.468-1.492, periodo de señorío) a Conil de CARTAS, PRIVILEGIOS Y MERCEDES anteriores. Se trata, sin duda, de la parte más interesante y rica en información de todo el texto, e incluye CUATRO DOCUMENTOS: una CARTA PUEBLA de 1.411 del conde ENRIQUE (2(1.396-1.436, periodo de señorío), su abuelo, y otras tres de don JUAN ALFONSO (3(1.436-1.468, periodo de señorío), su padre: la primera de CONFIRMACIÓN (1.436), otra de PRIVILEGIO cediendo a Conil la dehesa de FINOJERA o HINOJERA (1.444) y, por último, otra carta en donde se habla del REPARTO de tierras vagas o vacantes entre los labradores (1.462). Examinadas todas ellas el 2º duque, ENRIQUE EL MAGNÍFICO (1), las CONFIRMA y especifica o fija la elección de los oficios concejiles de la Villa. En una segunda CARTA, más corta, posteriores titulares de la casa de Guzmán confirman privilegios y responden a peticiones del Concejo de Conil en dos documentos: primero el duque JUAN ALFONSO (4(1.492-1.507, periodo de señorío) expide una carta de CONFIRMACIÓN de mercedes y de respuesta a ciertos “capítulos” que le fueron presentados por la Villa (1.493); y después la duquesa administradora, LEONOR DE GUZMÁN (5), CONFIRMA la cesión a los propios de Conil de parte de la renta de la carnicería (1.513), realizada en el texto precedente. El documento del APSC finaliza con una tercera carta –que precede en el tiempo a la segunda- en la que de nuevo ENRIQUE EL MAGNÍFICO (1), todavía conde de Niebla, CONFIRMA otro privilegio de su padre el duque JUAN [ALFONSO] (3-aún vivo- relativo al “defendimiento del vino”, a petición de un Jurado de Conil (1.467); dicho documento incluye el PRIVILEGIO anterior de 1.461.

Si separamos los distintos documentos incluidos en cada carta y los ordenamos cronológicamente obtenemos un total de NUEVE, fechados sucesivamente en 1.411, 1.436, 1.444, 1.461, 1.462, 1.467, 1.469, 1.493 y 1.513. Para entenderlos conviene remontarnos a la conquista cristiana de la actual comarca de la Janda y al FRACASO REPOBLADOR de los siglos XIII y XIV. » 

[Ambientación, imagen no incluida en el artículo original] Varios segadores con sus herramientas. Fuente: “sembrarsaber.com punto ar”. 

Notas de los autores:

« … [1] APSC Documento suelto en 16 folios, copia fechada en 1.724.

[2] ADMS [Actualmente, Archivo General Fundación Casa Medina Sidonia] , leg. 1.049. Confirmación despachada por la Sra. Duquesa Doña Josefa Pacheco, como madre y curadora del Sr. Duque Don Pedro, a favor de la Villa de Conil, de todos los privilegios concedidos por los Señores de la Casa predecesores. Chiclana, Julio 26 de 1.740.

[3] Hace unos años hicimos una primera aproximación a la época bajomedieval en Conil, a partir del Libro del Repartimiento de Vejer y otras fuentes bibliográficas (SANTOS GARCÍA A. y VELÁZQUEZ-GAZTELU, F: Conil de la Frontera, Diputación de Cádiz, 1.988, p. 29-49), que los documentos del APSC contribuyen a esclarecer notablemente. En 2.003, mostré una parte del documento (SANTOS GARCÍA, A.: “La Torre de Guzmán en 1.411. El origen de Conil en un documento del APSC”, Boletín La Laja nº 3) y en 2.006 hice una aproximación histórica a la época (SANTOS GARCÍA, A.: “Conil en el siglo XV (1.411-1.530). Almadrabas y poblamiento en la frontera gaditana”, Boletín La Laja nº 7). … »

Notas añadidas por el último transcriptor y autor de esta entrada:

(1) Este duque ENRIQUE era ENRIQUE DE GUZMÁN, el Magnífico (Corona de Castilla, aprox. 1.440- Sanlúcar de Barrameda, 24 agosto 1.492), II duque de Medina Sidonia, IV conde de Niebla, … Su vida AQUÍ. Fuente: Wikipedia, la enciclopedia libre. 

(2) Se trata de ENRIQUE DE GUZMÁN (20 febrero 1.391- Gibraltar, 31 octubre 1.436), II conde de Niebla, su hijo recibiría por primera vez el ducado de Medina Sidonia. Su vida AQUÍ. Fuente: Wikipedia, la enciclopedia libre. 

(3) Este don JUAN ALFONSO no es otro sino JUAN ALONSO PÉREZ DE GUZMÁN (Niebla, 1.410-Sevilla, diciembre 1.468), I duque de Medina Sidonia, III conde Niebla, … Su vida AQUÍ. Fuente: Wikipedia, la enciclopedia libre. 

(4) El duque JUAN ALFONSO es Juan Alonso Pérez de Guzmán y Afán de Rivera (Sevilla, febrero 1.466-Sevilla, 10 julio 1.507), III duque de Medina Sidonia, V conde de Niebla, … Su vida AQUÍ. Fuente: Wikipedia, la enciclopedia libre. 

(5) LEONOR DE GUZMÁN debe ser LEONOR DE RIBERA Y MENDOZA, esposa de ENRIQUE DE GUZMÁN, II duque de Medina Sidonia. Fuente: “fundacionmedinaceli punto org”. 

[CONTINUARÁ el 4 de septiembre de 2.024]

Fuente: “BOLETÍN LA LAJA”, Amigos del Patrimonio Natural y Cultural de Conil. Año 2.008, número 10, pp. 35-52.  

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