3.3.- Los inicios de la lucha antiseñorial.- La autoridad ducal estaba representada en Conil por el Corregidor, que gobernaba el cabildo o Ayuntamiento, integrado por dos alcaldes, cuatro regidores y un síndico procurador, “puestos por el Duque” (nombramiento anual), y un síndico personero y dos diputados del abasto “puestos por el común” (elegidos por los vecinos acomodados desde 1.766). Había también dos o tres alguaciles. Un comandante de Marina y Matrícula, teniente de navío, “juzga las causas marítimas”, es decir, lo relativo a los matriculados. Había además dos recaudadores de rentas reales y un fiel, para las rentas del Duque.
La Casa de Medina Sidonia “nombra Corregidor de esta villa y cobra contribución de ella, aunque se dice que no tiene títulos ningunos sobre ella. Los vecinos serían muy gustosos de que se les quitara toda relación con dicha casa”. Rojas se hace eco en varios pasajes del conflicto entre los vecinos y el Duque, y sobre su origen apunta que en 1.764, el Corregidor “introdujo con violencia la contribución de alcabalas sobre cuantas especies se trabajaban y traficaban” y que el Duque cobra “terrazgo” sobre las tierras repartidas entre los vecinos. Era la época de Don Bartolomé de Arrafán y Valdés, que sucedió a su padre al servicio del Duque en Conil primero como abogado y sucesivamente como subdelegado de Marina, tesorero ducal, teniente de corregidor y alcalde mayor y, por último, como corregidor. Por entonces, los vecinos, reunidos en “Cabildo abierto” manifestaron unánimemente “que el Duque no tenía nada (…) en el término, ni en la Villa, y que solo gozada la Torre de Guzmán, casa chanca y libre pesca de los atunes …”, aunque pretendía “adquirir de esta Población un título de Señor territorial, que no tenía …”.
Casa del Corregidor, siglo XVIII.
El PROBLEMA DE LA TIERRA se agudizó durante los años 50 al 70, agravado en Conil por la escasez de su término. Para combatir la falta de tierras se recurría, en malas épocas, al expediente provisional de partir baldíos para luchar contra el hambre. Con el incremento de la población de mediados del siglo XVIII el “hambre de tierras” se hace notar. Dice el Vecindario (1.778): “por abundar el número de labradores y no permitir el terreno en su corto número de tierras el surtimiento de todos, aún ayudándose muchos con las tierras del término de la villa de Vejer, a donde tienen sus labores, obliga a que en el cultivo de las tierras no se guarde el orden ni hueco relacionado … que están dos y tres años consecutivamente sembrándose de grano de trigo”, alternado a veces con cebada, en detrimento del rendimiento. El cabildo de Conil llegó a sugerir al Duque que segregara de Vejer desde el cerro Patría, para darlo a Conil.
Desde la crisis de 1.766 (motines agrícolas en toda España) los repartos de tierras se fueron consolidando sobre Propios, Comunales y Baldíos. El Duque, aprovechando la coyuntura, quiso incrementar sus rentas en Conil y, argumentando su dominio territorial, inició una política de repartos sobre baldíos, cuya titularidad reivindicaban también los Vecinos, cuando no la Monarquía. Estos repartos de tierras a censo (terrazgos) fueron denunciados por el Síndico personero, que terminó acatando la autoridad ducal. La lucha fue continuada por el medico titular de la villa, Juan Verón, que consideraba libres de “terrazgo” las tierras repartidas, como “concejiles”. El representante ducal Don Bartolomé Arrafán, lo encarceló durante un tiempo bajo la acusación de “conjurar contra la autoridad, soliviantar al pueblo y provocar desórdenes públicos”. La pugna no terminó hasta la muerte de ambos en 1.885-86, pero el problema debió continuar, a juzgar por la animadversión de los conileños hacia el duque, que refleja Rojas en sus comentarios. En las Actas Capitulares de 1.813 puede leerse: “en este término hay muchas Haciendas, rompidas y cercadas de algunos años acá, las unas en terrenos concedidos por el Señor Duque de Medina Sidonia bajo cierta percepción o canon anual pagadero al mismo y las otras en terrenos que se han apropiado vecinos pobres, que en la actualidad se hallan con algunas poblaciones de viñas”. El duque repartía, pero pelantrines y braceros roturaban también tierras por su cuenta, movidos por la necesidad.
A consecuencia de la Real Provisión de 1.770 y órdenes posteriores, fueron también repartiéndose diversas suertes de tierras a labradores y a algunos braceros. Según datos del Fondo de Propios y Arbitrios de 1.813, a comienzos del XIX había 77 cuartillos de ocho aranzadas repartidos, a favor del caudal de Propios:
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