viernes, 30 de mayo de 2025

De como la esposa de uno de los encarcelados e incomunicados en la Casa Hospicio de La Misericordia, concretamente la del Corregidor José Moreno Pacheco, en base a la Constitución (1) en vigor, suplica que sea levantada la incomunicación que pesa sobre su marido, y se le dé información de las declaraciones de todos los testigos, permitiendo así poder argumentar su oportuna defensa.

[Ambientación] “Los Desastres de la Guerra”, Francisco de Goya y Lucientes; Lámina n.º 40, “Algún partido saca”; Real Academia de Nobles Artes de San Fernando, 1863, Madrid. Fuente: “commons.wikimedia punto org”. 

« DOÑA FERNANDA AMAR, mujer de DON JOSÉ [MORENO] PACHECO vecino de esta villa, y preso, PRIVADO DE COMUNICACIÓN, cuya circunstancia me autoriza en derecho PARA TOMAR LA VOZ DE SU DEFENSA en el expediente, que haya dado causa a semejante procedimiento, DIGO: Que sea cual fuere su origen, parece que en su modo NO ESTÁ CONFORME con lo establecido por la Constitución política de la Monarquía. Ella efectivamente sanciona que NINGÚN ESPAÑOL PUEDA SER PRESO SIN QUE PRECEDA INFORMACIÓN SUMARIA DEL HECHO POR EL POR EL QUE MEREZCA, SEGÚN LA LEY, SER CASTIGADO CON PENA CORPORAL. Que antes de ser puesto en prisión sea presentado al Juez para que la reciba su declaración, y no pudiendo verificarse se practique el acto DENTRO DE VEINTICUATRO HORAS. Que no sea llevado a la cárcel el que dé fiador en los casos que la Ley no lo prohíba expresamente. Que dentro de las veinticuatro horas se manifieste al tratado como reo la causa de su prisión, y el NOMBRE DEL ACUSADOR. Todos estos artículos que consultan la mayor brevedad de la causa, exigían que la de mi marido al cabo de 18 días estuviese ya conclusa, o próxima a su determinación. De consiguiente: Que se le hubiese recibido su confesión, leyendo íntegramente todos los documentos, y las declaraciones de los testigos con los nombres de ellos, para que enseguida ejercitase su defensa, haciéndose público el Proceso. 

[Ambientación] “Los Desastres de la Guerra”, Francisco de Goya y Lucientes; Lámina n.º 41, “Se escapan a través de las llamas”; Real Academia de Nobles Artes de San Fernando, 1863, Madrid. Fuente: “commons.wikimedia punto org”. 

Mal puede verificarse esta orden si después de tanto tiempo no se ha hecho otra cosa que CAPTURAR A MI MARIDO, Y PRIVARLE DE COMUNICACIÓN, cualidad que, después de haberle recibido su declaración, parece demasiado gravosa aun cuando la causa sea de la mayor entidad, puesto que ningún riesgo ofrezca la calificación de los hechos que han debido estar justificados con anterioridad, según lo manda la Constitución.

[Ambientación] Celda de la Cárcel Correccional Modelo de Oviedo: agua, luz, cama de paja y una mesa donde comer. Fuente: Ocho décadas de historia carcelaria, Carolina García, ”El Comercio”, 28 enero 2016. 

Yo no puedo persuadirme que en enorme agravio de ella, y de la humanidad, se trate de sumir a mi marido en los horrores de una indeterminada prisión. Empero, aun cuando no crea que el Juzgado respire semejantes ideas, tampoco puedo prescindirme de que por ahora se equivoquen con cualquier otras que no fueren conformes a los liberales principios que han reformado los juicios criminales para que el reo, si lo fuere, sea prontamente castigado, o prontamente absuelto si desvaneciere la acusación en el trance de sus defensas. Ni yo anhelo a otra cosa. SI MI MARIDO HUBIESE PECADO SUFRA EN HORA BUENA EL CASTIGO. PERO SI ESTUVIESE INOCENTE, NO ES JUSTO QUE PADEZCA. Mucho menos lo es que entre el contraste de esta duda sufra su opinión todo el estrago que influye una misteriosa prisión incomunicada. Esto solo basta para eclipsar los singulares servicios que mi marido tiene hechos a la nación, que constan documentados, y que saldrán al público tan luego como se le franquee su voz, y se le permitan sus defensas. Acaso porque ellas, se receta que descubran el siniestro manejo de una calumnia, se trabaja mañosamente en dilatarlas; más si los contrarios a mi marido fundan sobre su involuntario silencio haciéndole interminable su incomunicación, yo que legítimamente le represento en tan triste circunstancias, CLAMO POR EL CUMPLIMIENTO DE LA CONSTITUCIÓN en la parte que corresponde a este asunto, y llevaré también mis clamores adonde sean atendidos si (lo que no espero) fuesen despreciados en este Juzgado. POR TANTO: 

[Ambientación] Interior de una celda de la Cárcel Modelo de Madrid. “La Ilustración Española y Americana”, 30 diciembre 1883. Fuente: Wikipedia, la enciclopedia libre. 

SUPLICO A V.S. que en atención a lo expuesto, y a la larga prisión incomunicada que sufre mi marido, se sirva dar las providencias oportunas para que INMEDIATAMENTE SE LE PONGA EN COMUNICACIÓN como primer paso al ingreso de sus defensas, facilitándoseme de lo contrario testimonio en bastante forma del día en que se verificó la prisión incomunicada, significando, si es posible, el ASUNTO QUE LA MOTIVA, y de que aún continúa de la propia manera sin haberse abierto los canceles (2) del misterio para ocurrir adonde me corresponda en Justicia que es la que con las PROTESTAS MÁS SERIAS, y convenientes pido, y para ello FIRMO Y JURO.

Firman: FERNANDA DE AMAR y DON MANUEL MARÍA DE ARCE

[Ambientación] “Los Desastres de la Guerra”, Francisco de Goya y Lucientes; Lámina n.º 42, “Todo va revuelto”; Real Academia de Nobles Artes de San Fernando, 1863, Madrid. Fuente: “commons.wikimedia punto org”. 

PRESENTACIÓN. Por DOÑA FERNANDA AMAR se me presentó el precedente siendo como las ocho de la mañana de este día. Conil CINCO DE NOVIEMBRE DE MIL OCHOCIENTOS DOCE. Firmada por [Antonio VázquezJaldón, 2. »

(1) La Constitución mencionada es la CONSTITUCIÓN DE CÁDIZ, aprobada el 19 de marzo de 1812, festividad de San José, conocida por eso como LA PEPA, siendo la primera Constitución propiamente española, ya que el ESTATUTO DE BAYONA de 1808 no dejó de ser una “Carta otorgada” marcada por el sello napoleónico. Fuente: Congreso de los Diputados.

(2) Cancel.- Antepuerta de madera, lienzo o cuero, que defiende del aire o a los que entran el que vea lo que está detrás de él. Unas veces se hace con pie, y se pone en cualquier parte de la sala; y otras como antipata. Viene del latín cancellus. DRAE 1729. 

Fuente: “Conil durante la ocupación francesa”, Jaime Aragón GómezAna Souto Rodríguez y Jorge Paz Pasamarp. 147 a 149; Excmo. Ayuntamiento de Conil de la Frontera, 2004. 

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