Fuente: “Boletín Oficial de la Provincia”, nº 7, del 10 de enero de 1931,
aviso núm. 51, Junta Municipal del Censo Electoral de Conil.
Transcripción:
JUNTA MUNICIPAL DEL CENSO ELECTORAL DE CONIL DE LA FRONTERA.
Don Manuel Ramos Ortega, Secretario de la Junta Municipal del Censo Electoral de esta villa,
Certifico: Que esta Junta Municipal celebrada el día primero del actual, designó como locales de los Colegios electorales de este término municipal, donde se verificarán precisamente cuantas elecciones tengan lugar durante el presente año, los siguientes:
Distrito Municipal único:
Sección primera: Escuela Nacional de niños, Plaza Alfonso XII, núm 1.
Sección segunda: Escuela Nacional de niñas, calle Alta, núm. 13.
Sección tercera: Casa núm. 6 de la Plaza General Primo de Rivera.
Sección cuarta: Casa núm. 1 de la calle Sagasta.
Y para que conste y remitir al Excelentísimo Sr. Gobernador civil de esta provincia, a los efectos de su publicación en el Boletín Oficial de la misma, conforme a lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 22 de la Ley Electoral de 8 de Agosto de 1907, y artículo primero de la Real Orden Circular del Ministerio de la Gobernación de 21 de Noviembre último, expido la presente de orden y con el visto bueno del señor presidente de esta Junta, en Conil a 3 de Enero de 1931.- Manuel Ramos.- VºBº El Presidente, Pérez Moreno.
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