lunes, 21 de junio de 2021

PROHIBICIÓN DE LA ALMADRABA DE BUCHE (1837).

Se informa de la publicación de un decreto de las Cortes, por el que se prohíbe en nuestro litoral cercano el empleo del arte de pesca conocido como almadraba de buche, y se indica que la reparación de los daños consiguientes a los pescadores conileños, se haga a través del tribunal competente. ¡Pues muy bien!.

Fuente: “GACETA DE MADRID”, N.º 932, del miércoles 21 de junio de 1837.

Palabras clave:

Isabel II; María Cristina de Borbón; Reina Gobernadora; bahía de Cádiz; Tarifa; pescadores de Conil; Agustín Argüelles; Pío Laborda y Galindo de Salcedo; Mauricio Carlos de Onís; Juan Álvarez y Mendizábal. 

No hay comentarios:

Publicar un comentario

EN UNO DE LOS RINCONES DEL ARCHIVO PARROQUIAL DE CONIL: ESCUADRA APESTADA (1.817).

Cádiz por ser puerto de mar, con mucho tráfico desde la antigüedad, está acostumbrada a enfrentarse con distintas y variadas epidemias. La ...