lunes, 7 de agosto de 2023

NAUFRAGIOS EN EL LITORAL DE CONIL, 26: “SRA BASSET” (1846).

De como un conocido empresario de El Puerto de Santa María, avecindado en Cádiz, con una gran actividad mercantil en variados ámbitos, se beneficia de la subasta de los restos del naufragio de una goleta inglesa en las costas de Conil, pero que al desplazarse a dicha Villa para hacerse cargo de los bienes recién adquiridos, se encuentra con la sorpresa de que el barco aún contiene una gran parte de la carga que portaba, concretamente sardinas, que dado el tiempo transcurrido se encontraba en malas condiciones, por lo que se persona ante el vice-consul británico de Conil, indicándole que esa mercancía no entraba en lo que se subastaba, exigiendo su descarga. Ante la negativa de aquél, se ve en la necesidad de presentar la protesta, en la Escribanía de Marina, que se transcribe a continuación, para exonerarse de tener que correr con los gastos que esta circunstancia pudiera acarrear. En la publicación (post) de hoy, no se describe, como ha sido corriente en las anteriores, los pormenores del naufragio, que dicho sea de paso, no se ha conseguido documentar, por lo que queda de tal suceso, solamente la constancia de que sucedió: dónde, cuándo y qué sucedió con sus restos.

Por otro lado, existen unos restos de un pecio, conocidos como “La Goleta”, en las proximidades de la desembocadura del Conilete, ¡que quién sabe!, si podría ser los del “Sra Basset”, que finalmente, a pesar de su compra en subasta, no llegaron a ser retirados y quedaron a merced de la labor continua y destructiva de las mareas. 

Barco encallado en una playa, sin datos [sólo a efectos de ambientación]. Fuente: Facebook de José García Echegoyen, 16 abril 2022. 

Nota preliminar.- La transcripción se ha realizado respetando la ortografía original, mediante copia fiel y literal, con los rasgos característicos de la época y deshaciendo las abreviaturas para una mejor comprensión del escrito. 

«“ESCRITURA DE PROTESTA HECHA POR ANTONIO MATALOBOS VECINO DE CADIZ POR LA COMPRA DEL CASCO Y EFECTOS SALVADOS DE LA GOLETA INGLESA NAUFRAGA SRA. BASSET.

En la villa de Conil de la Frontera, â veinte y nueve de enero de mil ochocientos cuarenta y seis, ante mi el Escribano Publico y competente numero de testigos, paresio D. Antonio Matalobos vecino de la ciudad de Cadiz y residente en esta de Conil y DIJO: QUE Â VIRTUD DE QUE EN EL DIA VEINTE Y SIETE DE ENERO DE ESTE AÑO ANTE EL JUZGADO DE GUERRA DE DICHA PLAZA EN SUBASTA PUBLICA LE FUE REMATADO EL CASCO Y SUS EFECTOS DE NAVEGACION SALVADOS DE LA GOLETA INGLESA SRA. BASSET NAUFRAGADA EN LA COSTA DE ESTA DICHA VILLA Y SITIO DE CONILETE, habiendose presentado en este mismo dia al caballero viceconsul britanico en este punto D. Juan Barragan pidiendo se le haga entrega de dicho buque y demas efectos salvo el cargo que tiene dentro de sardinas dañadas que deben ser extrahidas de dicho casco para la referida entrega, dicho viceconsul contexta no tener ordenes de su principal para dicha extraccion, y si solo de dar el barco ô casco con sus efectos salvador, por lo que como que se le causa perjuicio al antedicho comprador en la operación de la saca de las sardinas ni estar expedito dicho casco, por ser el genero de ilisito comercio por cuya razon intervenido por la Hacienda Nacional, por todas las causas expuestas y no obtenerse el referido casco y demas en el tiempo oportuno para beneficiarlo resiste dicho comprador el recibo de este por redimir las vejaciones, y evitár los gravisimos perjuicios que de efectuarlo se le irrogan, para que siempre conste, y sea visto que su animo nunca ha sido, es ni será practicarlo, y aunque lo haga no le dañe; en la via y forma que mas haya lugar en derecho, OTORGA:

Reproducción fotográfica de la primera página del documento; Rafael Coca López. Fuente: A.H.P. Cádiz. 

 QUE PROTESTA UNA, DOS, TRES VECES, Y LAS DEMAS POR DERECHO NECESARIAS, QUE TODO LO QUE HICIERE, OTORGARE Y CONSINTIERE, ES Y SERÁ CONTRA SU DELIBERADA VOLUNTAD; Y SOLO POR OBVIAR LAS FUNESTAS … Y CONSECUENCIAS QUE DE SU OPOSICION LE PUEDEN SOBREVENIR Y QUE POR LO MISMO NO DEBE CAUSAR EL MENOR PERJUICIO; â cuyo fin deja en toda su fuerza y vigor las acciones que le competan, para usar de ellas ante quien, como y cuando le convenga, del mismo modo que si no hubiera hecho y otorgado la tal cosa ô escritura, pues los motivos expuestos le tienen absolutamente privado de su libertad en la entrega solicitada. Asi lo expuso y firma, siendo presentes por testigos Don Blas Gil, Don Diego de Mures y Don Juan Alarcon vecinos de esta dicha Villa = Enmendado = genero = vale = Antonio de Matalobos. Ante mi Juan Bernardo Gavala.

[Nota al margen izquierdo de la primera página:] Nota.- En el propio dia y año del otorgamiento de esta Escritura y â pedimento del otorgante, saqué copia de ella en un pliego del Sello Segundo; y la entregué al susodicho, doy fe = Gavala.”» 

Fuente: Archivo Histórico Provincial de Cádiz, Legajo 153, 1844-1847, Conil, Folio 5; transcripción literal de Rafael Coca López, con la ayuda de los apuntes de Antonio Martínez Cordero, localizados en el Archivo Parroquial de Conil de la Frontera. Agradecimiento: Yelman F. Bustamante Solórzano, párroco de Santa Catalina. 

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