miércoles, 16 de septiembre de 2026

EN UNO DE LOS RINCONES DEL ARCHIVO PARROQUIAL DE CONIL: “EL NACIMIENTO DE UNA COFRADÍA”, 2 de 2 (1761).

VIENE DEL 9 DE SEPTIEMBRE DE 2026.

«” 1761 septiembre 27. CONSTITUCIÓN Y NORMAS:

Primera. Cualquier persona puede entrar en esta Santa Cofradía, escriba su nombre y apellidos en el Libro de dicha Cofradía, por quien tenga autoridad para ello, sin obligaciones de pagar cosa alguna, ni por esa razón nadie se la pueda demandar; lo cual confirmaron León X, (Bula Hermandades [4]) y Pío V, (Breviario y Misal Romano [5]), ... se podrá recibir lo que voluntariamente quisieren dar de limosna, como León X lo declara.

Segunda. Cada Cofrade rezará a la semana el Rosario entero, o de una vez o de muchas, y ayunará la Vigilia del Glorioso Santo Domingo [6], Fundador de esta Santa Cofradía.

Tercera. El Cofrade que por negligencia, ocupación u olvido no rezare dicho Rosario, se priva en dicha semana de los bienes que hacen los Cofrades para todo el mundo.

Cuarta. El Cofrade que por causa legítima hace que otro rece en su lugar dicho Rosario a la semana, habrá [obtenido] dichos bienes en ella.

Quinta. Si alguna persona quisiere rezar el Rosario por el alma de algún difunto, lo hará asentar en el Libro de la Cofradía, si no lo está, y así participará de dicha Cofradía, para salir del Purgatorio, si en él estuviere su alma.

Sexta. Cualquier persona que entrare en esta Cofradía será participante de las buenas obras y méritos personales de los demás Cofrades, entre los cuales hay participación recíproca; y para ella es menester rezar el Rosario entero a la semana, aunque no para gozar la participación con la Orden de Predicadores, porque para eso basta el ser Cofrade, como sus R.R. Generales lo advierten; como ni para gozar las Indulgencias que ocurrieren, pues para esto bastará el hacer las diligencias que para ellas se piden.

[Ambientación] Algo tiene que ver este deteriorado, pero hermoso cuadro, con el nacimiento de la Hermandad del Rosario en Conil, actualmente se encuentra en el despacho del Párroco, y Archivo, en la primera planta del Convento, donde aparecen los titulares del Convento Matriz de Cádiz: la Virgen del Rosario y Santo Domingo de Guzmán. / Autor desconocido; siglo XVII; necesita restauración. Descripción: Óleo sobre lienzo que representa a la Santísima Virgen del Rosario, con el Niño Jesús sobre su regazo, entregándole a Santo Domingo de Guzmán el Santo Rosario. En la parte superior izquierda [sic, derecha para el observador] se puede observar una pareja de ángeles y en la parte inferior derecha [sic, izquierda] vemos un perro con una vela en la boca y un ángel a los pies de la nube que sujeta a la Santísima Virgen. La Virgen se muestra con los colores rojo y azul y el Santo con el hábito de su Orden. Observación: Se ha llevado varios años ubicado en la parte trasera del coro parroquial. Fotografía de Antonio Ramírez Lobatón, 7 mayo 2022. 

Séptima. En cada año se hará cuatro Aniversarios por los Cofrades Difuntos en los días inmediatos a la Purificación, Anunciación, Asunción y Natividad de la Virgen [7], a que asistirán los Cofrades, avisados por algún Ministro de la Cofradía o por cédulas, o por los Predicadores; como también a las Procesiones de los primeros Domingos del Mes y Fiestas de la Virgen.

Octava. Dichos Cofrades deben celebrar todas las Fiestas de la Virgen y en especial la Anunciación, que es la Fiesta principal de su Cofradía; si bien después de hechas estas Constituciones se ha instituido por principal Fiesta el primer Domingo de Octubre, el cual señaló S.S. Pío V y después confirmaron Gregorio XIII y Clemente VIII por día dispuesto para la Fiesta del Rosario. Advirtiendo, en fin, que ninguna de estas Constituciones obliga a culpa grave ni venial, aunque todas se deben cumplir.

Nona. También se dispondrá que haya un número de CINCUENTA HERMANOS, honrados con el título de Esclavos de María Santísima, los cuales tendrán la pensión de pedir con el Farol o Estandarte de la Virgen, según les tocare por turno, asistiéndoles a los dichos Esclavos con todo lo posible (según los fondos de la Cofradía) para su Funeral.

Todo lo dispuesto en esta Fundación y Constitución se hizo receptario a la mayor parte de este Pueblo en el mismo día veintisiete de septiembre de mil setecientos sesenta y uno [8], y para que conste a la posteridad y por ser verdad, lo firmamos: Fray Jacinto Arévalo, Fundador de la Cofradía; Marcos Cevada; Sebastián Ortiz Moreno; José María Dorronzoro; y, el Notario Apostólico Andrés Antonio de la Flor

[Ambientación] Imagen de la Virgen del Rosario. Fuente: José Antonio Alba Zájara, Fleki, facebook Hdad. Santo Entierro y M.ª Sª de la Soledad, 7 octubre 2025. // Virgen del Rosario y Niño Jesús. Escuela Sevillana, autor desconocido, año 1760. Imagen de candelero en madera de cedro policromada, tamaño académico, de estilo barroco tardío. Talla del niño de estilo barroco tardío. Fue repuesta al culto en 2010 y restaurada en 2011 por Apolonio Díaz Porquera. Observación: La imagen de la Virgen y el Niño pertenece a la Parroquia pero es custodiada por la Hermandad del Santo Entierro. Dicha imagen proviene de la antigua parroquia de Santa Catalina la cuál contaba con la primitiva Hermandad de Ntra. Sra. del Rosario (s. XVIII). Los expertos asemejan los rasgos de esta Virgen a la del Patrocinio de Sevilla (Cachorro). 

TESTIMONIO

Yo, el Notario infrascrito, que con las facultades Apostólicas y Ordenado lo soy, vecino de esta Villa de Conil, doy fe por testimonio a los Señores que el presente vieren, haberse FUNDADO E INSTITUIDO en ella, hoy día de la fecha, la HERMANDAD DEL SANTÍSIMO ROSARIO, por el Padre Predicador Don Jacinto Arévalo, del Orden de Santo Domingo, Conventual en Cádiz, según la facultad que para este efecto se le confirió por el P. Fray Nicolás de Luque, Provincial y Prior del Convento de dicha Ciudad, el día 2 anterior del corriente mes; en fuerza de lo cual por dicho P. Fray Jacinto se predicó en esta Parroquial de Santa Catalina las muchas Gracias, Indulgencias y Privilegios concedidos por varios Sumos Pontífices a todos los hermanos Cofrades de esta Venerable Hermandad; el que concluyó con la manifestación que hizo de los Misterios del Santísimo Rosario; y en la tarde de dicho día, después de haber salido el Rosario por las calles públicas dentro de esta Villa, con el correspondiente ornato y acompañamiento de crecida parte de este vecindario, con la mayor de este Clero, vuelto a la dicha Parroquial, en el Coro de ella se leyeron por el citado Padre Predicador las Constituciones que concluyen en la anterior hoja, que de haber pasado dicho infrascrito doy fe; y para que conste donde convenga, a instancia del Mayordomo y Hermanos de la referida Hermandad, signo y firmo el presente en Conil, veintisiete de septiembre de mil setecientos sesenta y uno.”» 

[Ambientación] “Signo” del Notario Andrés Antonio de la Flor, que solía plasmar en todos los documentos que redactaba. Fuente: Rafael Coca López, 5 julio 2024, fotografiado en un testamento de 1760. Archivo Parroquial Santa Catalina. 

NOTAS: [4] Por lo general, las bulas destinadas a las hermandades decretaban que cualquier persona que se inscribiera como cofrade, asistiera a sus procesiones oficiales, participara en sus entierros benéficos o aportara una limosna fija para el mantenimiento de sus altares, quedaba libre de la pena temporal de sus pecados (indulgencia) tras haberse confesado y comulgado debidamente. Fuente: Wikipedia: la enciclopedia libre. // [5] Pío V, Antonio Ghislieri, fue el santo dominico que propició la unión de España y Venecia y la famosa victoria en la batalla de Lepanto. También gracias a él, aparecen el Breviario y el Misasl Romano, así como el Catecismo del Concilio de Trento, que se llamará catecismo Romano. Fuente: “aleteia.org”. // [6] La “Vigilia del Glorioso Santo Domingo” hace referencia a la celebración litúrgica y popular en vísperas de la fiesta de Santo Domingo de Guzmán, el fundador de la Orden de Predicadores, los dominicos, que se conmemora cada año en la noche del 31 de julio a 1 de agosto. Fuente: Wikipedia: la enciclopedia libre. // [7] Los cuatro aniversarios por los difuntos se fijan en torno a cuatro grandes fiestas marianas: Purificación (2 de febrero), Anunciación (25 de marzo), Asunción (15 de agosto) y Natividad de la Virgen (8 de septiembre). // [8] En conjunto, las nueve constituciones dibujan una cofradía de tipo dominico muy bien estructurada: ingreso libre y gratuito, rezo semanal del Rosario, participación espiritual en los méritos de la Orden de Predicadores, sufragios por los difuntos, asistencia obligada a los cultos y una organización interna con ministros y un cuerpo específico de Esclavos de María. Es un conjunto documental de notable valor para la historia religiosa de Conil y para el estudio de las cofradías del Rosario del siglo XVIII. // 

«” 1761 noviembre 14. Nos Don Fray Thomas del Valle, por la gracia de Dios y de la Santa Sede Apostólica, Obispo de Cádiz y Algeciras, del Consejo de S.M., su Capellán Mayor y Vicario General de la Real Armada del Mar Océano. Estando en su VISITA PASTORAL de Conil de la Frontera, habiéndosenos manifestado por parte de Don Sebastián Ortiz Moreno, Mayordomo de la Hermandad del Santísimo Rosario de la Villa de Conil, Don Marcos Cevada y Don José de Dorronzoro, hermanos de ella, este Libro con las diligencias practicadas en fuerza de Nuestro Decreto que dimos a su solicitud en la Ciudad de Cádiz el veintiocho de agosto de mil setecientos sesenta y uno, con las Constituciones de Fundación para el económico y espiritual Gobierno y documento de la Hermandad, que son las que en nueve capítulos se hallan insertas; del precedente testimonio que acuerda que con la correspondiente Licencia del M.R.P.M. [Muy Reverendo Padre Maestro] Fray Nicolás de Luque, ex Provincial y Prior actual de Nuestro Convento de Santo Domingo de Guzmán de la Ciudad de Cádiz, fueron publicadas las infinitas Gracias e Indulgencias que gozan los Cofrades del Santísimo Rosario, concedidas por diferentes Sumos Pontífices; y con concepto a lo prevenido y dispuesto por las letras del R.P. Maestro General de dicha Religión, de que se halla igualmente copia autorizada en este Libro; en cuya virtud las APROBAMOS cuanto ha lugar en Derecho por lo que corresponde a nuestra Jurisdicción, y mandamos a dicho Mayordomo y demás hermanos de dicha Hermandad se arreglen a dichas Constituciones, y que lleve cuenta formal el Mayordomo para darla ante NOS, siempre que convenga. / Dado en Medina, el catorce de noviembre de mil setecientos sesnta y uno. / Thomas, Obispo de Cádiz. / Por mandamiento de S.I.,

Francisco Xavier González, Notario Oficial de su Visita.”» 

NOTA: [9] Este documento constituye el último paso del proceso fundacional. Si se ordena cronológicamente todos los documentos que se han transcritos, el expediente queda así:

  • 28 de agosto de 1761: petición al obispo de Cádiz.

  • 30 de agosto: solicitud al prior dominico Fray Nicolás de Luque.

  • 2 de septiembre: nombramiento de Fray Jacinto Arévalo como fundador.

  • 27 de septiembre: fundación solemne de la Hermandad, lectura de las Constituciones y testimonio notarial.

  • 14 de noviembre: aprobación episcopal en Visita Pastoral por el obispo Fray Thomas del Valle, quien reconoce las diligencias realizadas, aprueba las Constituciones y ordena que la Hermandad se gobierne conforme a ellas. 

  • *** Fuente: Archivo Parroquial Santa Catalina. Libro de Cuentas de la Cofradía de Nuestra Señora del Rosario de Conil de la Frontera. Agradecimiento: Yelman Francisco Bustamante Solórzano, Párroco de Conil de la Frontera. 

 

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