domingo, 27 de diciembre de 2020

CONIL Y LAS ELECCIONES MUNICIPALES sexta parte (1842).

Se exige a la Autoridad Provincial que señale fecha para la realización de las elecciones.



Fuente: “EL HERALDO. Periódico Político, Religioso, Literario e Industrial”, 
núm. 160, del martes 27 de diciembre de 1842.


TRANSCRIPCIÓN LITERAL:
-Escriben de Cádiz:
Todavia no se han verificado en Conil las juntas parroquiales para la eleccion del ayuntamiento. Suspendido aquel acto por órden de la autoridad local, el señor gefe político está en la obligación de hacer que inmediatamente se verifique para que se cumpla la ley como es justo”

CONTINUARÁen la entrada del próximo 5 de enero de 2021.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

“LA ENSEÑANZA EN CONIL DURANTE EL PRIMER TERCIO DEL SIGLO XX”, por Carlos ALGORA ALBA. // 2 de 6.

CONTINÚA DEL 21 DE OCTUBRE. «” 1. ESCUELAS DE PENITA PENA. En 1843, la Corporación de CONIL recibe una Real orden concediéndole el exco...