miércoles, 23 de septiembre de 2026

EN UNO DE LOS RINCONES DEL ARCHIVO PARROQUIAL DE CONIL: “DE VUELTA CON LA COLECTURÍA DE LA VILLA” (1873).

El documento que se transcribe a continuación es un oficio fechado en Conil el 1 de septiembre de 1873, firmado por José Blas Sánchez de Barahona, colector encargado de la administración de los bienes de capellanías y otras fundaciones eclesiásticas. Está dirigido al Provisor y Vicario General de Cádiz y su Obispado y constituye la respuesta a un requerimiento oficial relacionado con una denuncia presentada contra la actuación de la Colecturía de Conil.

En el escrito, el autor rechaza las acusaciones formuladas y sostiene que su gestión se ha ajustado a la costumbre seguida por sus predecesores, afirmando además haber procurado siempre la defensa de los intereses y derechos de las fundaciones bajo su administración. El motivo de la controversia gira en torno al arrendamiento de las fincas pertenecientes a capellanías y otras obras pías, insistiendo la autoridad eclesiástica en que dichos contratos no debían realizarse verbalmente, sino mediante escritura pública y con las formalidades que se estimasen oportunas para garantizar la protección del patrimonio fundacional.

Más allá de su contenido administrativo, el documento ofrece un valioso testimonio sobre la gestión del patrimonio eclesiástico en la segunda mitad del siglo XIX, las prácticas jurídicas relacionadas con los bienes vinculados a fundaciones religiosas y las tensiones que podían surgir entre los administradores locales y las autoridades diocesanas. Asimismo, refleja el lenguaje formal propio de la correspondencia oficial de la época y permite apreciar los argumentos empleados por el colector para defender su actuación y solicitar la oportunidad de conocer y rebatir los hechos que se le imputaban.

Plaza y edificio de la Parroquia de Santa Catalina. Fuente: Imagen creada por ChatGPT, sobre un fotograma de la película “El pescador de coplas”; “Conil en la Memoria”, p. 33, 2004, a partir de una idea de Rafael Coca López

Transcripción <textual> de Rafael Coca López:

«”+ COLECTURIA DE CONIL. / Contestando al atento Oficio de V.S. fecha 29 del pasado [], sobre DENUNCIA DE CIERTOS HECHOS LLEVADOS Á EFECTO POR ESTA Colecturía, y comunicación al Sr. Arcipreste de esta Villa, sobre que los ARRENDAMIENTOS DE FINCAS DE CAPELLANIAS y otras fundaciones no deben hacerse en ningún caso por CONTRATOS VERBALES, y sí por ESCRITURAS PÚBLICAS, debiendo preceder la correspondiente subasta en ocasiones determinadas según se crea conveniente este acto en beneficio de las mismas fundaciones. / DEBO DECIR á V.S. que por esta Colecturía no se há llebado á efecto ningun hecho que no este conforme con la COSTUMBRE observada desde muy antiguo por los Colectores que me han precedido, y en mi particular ademas de llenar esta, hé procurado siempre y en todos los casos, DEFENDER LOS SAGRADOS DERECHOS DE LAS FUNDACIONES CUYAS FINCAS ADMINISTRO, y solamente una INTENCION TORZIDA y peor aconsejada pudo inspirar la denuncia hecha á ese Tribunal, ante el cual estoy dispuesto á sincerarme tan luego como V.S. lo tenga á bien y sepa cuales son los hechos que me se imputan, y solamente asi será como podre continuar al frente de esta Administracion, por tantos títulos enojosa y triste según las circunstancias. / Dios guarde á V.S. muchos años. / Conil 1º de Setiembre de 1873. / [Firma y rúbrica de:] José Blas Sanchez de Barahona. / Sr. Provisor y Vicario General de Cádiz y su Obispado.”» 

Fotografía del documento completo. Fuente: Archivo Parroquial Santa Catalina, Rafael Coca López, 31 agosto 2021. 

*** Fuente: Archivo Parroquial Santa Catalina. Carpeta de correspondencia. Agradecimiento: Yelman Francisco Bustamante Solórzano, párroco de Conil de la Frontera.  

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