martes, 9 de julio de 2024

UN PASEO POR EL ARCHIVO HISTÓRICO MUNICIPAL DE CONIL: SORTEO DE MOZOS, segunda parte (1.733).

Hubo un tiempo, no muy lejano, en que el servicio militar fue tradicionalmente una contribución de sangre, de la que sólo se libraban los mozos que por SUERTE, por limitaciones físicas o mentales, y condiciones económicas o sociales podían hacerlo. A principios del s.XVIII se introdujo el sistema de reclutamiento basado en las QUINTAS, copiado del modelo francés por lo Borbones, donde se reclutaba mediante sorteo a una quinta parte de los mozos en edad militar.

De cómo se debía hacer este SORTEO es de lo que trata la entrada de hoy, que dada su extensión se hará en dos partes.

Imagen digital del cuerpo de este documento transcrito, localizado en el Libro Capitular 47. Fuente: Archivo Histórico Municipal de Conil, gentileza de Isabel González Ramírez, su responsable. 

Transcripción libre de Rafael Coca López, con la inestimable ayuda de las anotaciones halladas en las fichas confeccionadas por Antonio Martínez Cordero, pero que para una mayor comprensión del mismo se han aplicado las actuales normas ortográficas en uso para los puntos y comas, puntuación, mayúsculas y minúsculas, desarrollándose las abreviaturas : 

« A los PASTORES del ganado lanar de la Cabaña Real se observarán sus privilegios según, y en la conformidad, que se expresa en ellos, y lo mismo en lo que mira a la Cabaña Real de la Carretería [4], en caso de haber en este pueblo algunos de esta clase.

Así mismo, se exceptuarán de esta QUINTA los mozos solteros que fueren de profesión FABRICANTES DE TEJIDOS DE LANAS Y SEDAS, que efectivamente estuvieren empleados en telares corrientes de estas maniobras. Y también se exceptuará a los que trabajaren en BATANES [5], PRENSAS, Y PERCHAS, Y LOS TUNDIDORES Y CARDADORES para los referidos tejidos de lana.

Esta QUINTA se ha de hacer, como va expresado, entre todos los demás mozos que quedaren, concurriendo a ella el Corregidor, si lo hubiere, los Alcaldes y Regidores con el Escribano y el Cura o Curas de las Parroquias, para que sean testigos de la FIDELIDAD Y PUREZA con que se ha ejecutado. 

Carretería. Fuente: “historiadecovaleda.wordpress punto com”, 25 septiembre 2015. 

Si alguno, o algunos, de los que deben entrar a ser sorteados se eximieren con EMPEÑOS, o por otra solicitud, queda CONDENADO A SERVIR CUATRO AÑOS EN UNO DE LOS PRESIDIOS DE ÁFRICA, y el Corregidor, Justicias y Escribanos que hubieren consentido, o disimulado, depuestos de sus empleos, y siendo nobles, condenados al secuestro de sus haciendas, y a SERVIR TRES AÑOS SIN SUELDO EN UN REGIMIENTO DE INFANTERÍA, y si fuere del estado general, en un Presidio de África [6], y secuestrados sus bienes, cuya pena se observará, como también si constare, que después de sorteado incurrieren en excusar con algún pretexto a aquellos a quienes hubiere tocado ir a servir, o que después de haberse entregado a los Oficiales se ausentares, y lo disimulare las Justicias, y al que denunciare la contravención de lo que va referido, quedará libre en adelante por toda su vida de entrar en otros SORTEOS. 

Preso y vigilantes de un presidio en el norte de África. Fuente: “alabarda punto net”. 

Si por malicia de las Justicias no fuere la gente que se trajere de las circunstancias prevenidas, se les DESECHARÁ y obligará a las Justicias pongan otros, y si hubieren marchado los Oficiales, a quien tocare recogerlos, los llevarán hasta donde se hallare el Regimiento a costa de los Alcaldes.

Permite su Majestad por esta vez, que las ciudades puedan hacer elección de la gente que deben contribuir para este servicio, pero con la calidad de que han de ser responsables en caso de que deserten con ellos mismos si se pudieren aprender, o con otros.

Desde el día que fueren entregados en esta ciudad, serán socorridos de cuenta de la Real Hacienda los soldados que se recibieren.

Participo a Vuestras Mercedes esta disposición para que teniéndola presente se arreglen a ella, observando lisamente todo lo que contiene, de forma que se logre el Servicio del Rey con aquella puntualidad que es conveniente.

Dios guarde a Vuestras Mercedes muchos años, Sevilla, primero de enero de mil setecientos treinta y tres.

Don Rodrigo Caballero Yllanes. »

Final del documento que se encuentra encuadernado formando parte del Libro Capitular 47. Fuente: Archivo Histórico Municipal de Conil, gentileza de Isabel González Ramírez, su responsable. 

Notas:

[4] Cabaña Real de Carretería.- Es el nombre colectivo con el que se designa a los agentes tradicionales del transporte terrestre de mercancías mediante carretas tiradas por bueyes. Información más completa AQUÍ. Fuente: Wkikipedia, la enciclopedia libre. 

[5] Batán es una máquina destinada a transformar unos tejidos abiertos en otros más tupidos, proceso conocido como abatanado. Más AQUÍ. Fuente: Wkikipedia, la enciclopedia libre. 

[6] El presidio es una base militar fortificada, establecida por los españoles en el norte de África y en Norteamérica entre el siglo XVI y el XIX. Estas fortalezas fueron contruidas para la protección contra piratas, en el caso americano, contra los nativos hostiles y otros enemigos de las colonias. / En África, estos presidios quedaron clasificados en virtud de su importancia en «mayores» y «menores». Los mayores fueron Orán-Mazalquivir y Ceuta . Y los menores: Melilla, el peñón de Vélez de la Gomera y el Peñón de Alhucemas y, en la costa africana atlántica, las plazas de Larache y la Mamora. Estos dos últimos se perdieron antes del arribo del siglo XVIII. Fuente: Portal de Archivos Españoles, PARES. 

Fuente: Archivo Histórico Municipal de Conil de la Frontera. Despacho del 1 de enero de 1.733. Libro Capitular 47, de 1.730 a 1.734, pp. digitalizadas 356 a 360. Agradecimiento: Isabel González Ramírez. 

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