miércoles, 22 de marzo de 2023

NAUFRAGIOS EN EL LITORAL DE CONIL 21: “SAN CAYETANO” (1858).

La entrada de hoy no se corresponde con un naufragio propiamente dicho, sino a lo que en el derecho marítimo se conoce como “protesta de echar a la mar”, que bajo la dirección del capitán o patrón manda arrojar por la borda toda aquella parte de la carga que suponga un peligro de pérdida de la embarcación, resto de la carga o la vida de los tripulantes. Se hizo una primera protesta en Cádiz, lugar de refugio y echazón de parte de la carga al agua, y posteriormente, en Conil, antes de proceder a la descarga de la mercancía, se realizó una rectificación de aquella primera.

[Ambientación] Grabado en el que se ve a Elcano al frente de la nao Victoria llegando por la desembocadura del Gudalquivir hasta el muelle de Bonanza el 6 de septiembre de 1522. Fuente: “diariodeleon punto es”, Una ruta sanluqueña repleta de historia, 3 diciembre 2019.

Nota preliminar.- La transcripción se ha realizado respetando la ortografía original, mediante copia fiel y literal, con los rasgos característicos de la época y deshaciendo las abreviaturas para una mejor comprensión del escrito.

Captura de pantalla de Google Maps con imagen de 2023; señalando la localización del puerto de Sanlúcar donde cargó el falucho la sal producida en las salinas de Monte Algaida.

«”Diciembre 30: Número 101. Rectificacion de protesta. Vicente Asencio, Patron del falucho nombrado San Cayetano. [Sello 4º. Año 1848. 40 Ms.]

En la villa de Conil de la Frontera á treinta de Diciembre de mil ochocientos cincuenta y ocho, ante mi el escribano de S.M. público único de la misma y de Marina de este Distrito y testigos que se espresarán al final, compareció el que dijo ser y llamarse Vicente Asencio Patron del falucho nombrado San Cayetano de la matricula de Cadiz y dijo: QUE HABIENDO CARGADO EN EL ESPRESADO BUQUE OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE QUINTALES1 DE SAL DE LAS FABRICAS DE SANLUCAR, POR CUENTA DE LA HACIENDA NACIONAL Y CON DESTINO AL ALFOLÍ2 DE ESTA VILLA, estando el buque en perfecto estado para navegar, dió la vela de dicho puerto, pero siendole imposible á causa del fuerte temporal que se esperimentó desde principios de Noviembre ultimo seguir para este punto de su destino, se vió forzado á arribar al Puerto de Cadiz donde entró el veinte y cuatro del referido mes, pero … dia al Señor Administrador Principal de Rentas Estancadas de la Provincia, Don Ramon de Posada, quien le pasó la debida nota en la guia: que esperando mejorase el tiempo, se hallaba fondeado en la bahia del citado puerto de Cadiz, y teniendo dos cadenas en el agua3 en la tarde del treinta del mencionado mes de Noviembre empezó á soplar con violencia el fuerte viento del SO. y por la noche entro mucha mar del NO. soplando el viento de esta parte con tal violencia que á la media noche era un huracan causando destrozos en algunos barcos que estaban proximos al del compareciente: que sobre la una de la misma noche con la fuerza del huracan y la mucha mar empezó el barco á garrear4 y viendo el otorgante que estaba tocando en tierra, con el fin de poder salir para fuera y evitar que se destrozara y perdiera totalmente, consultó con sus tripulantes y fueron todos de parecer de aligerar el barco para safarlo de aquel peligro, y en su consecuencia arrojaron al mar sobre ciento y pico de quintales de Sal, y notando que el buque aguantaba cesó de arrojar carga: que en este estado aguantó sufriendo aun la fuerza del temporal y por la mañana del siguiente dia primero del actual, habiendo abonanzado algo el tiempo saltó en tierra y formalizó la debida protesta5 en union de los marineros de la tripulación que se hallaban a bordo Juan Palacios y Vicente Ripoy, ante el escribano mayor de Marina de la Provincia de Cadiz Licenciado D. Ramon M.ª Pardillo, presentandose tambien en el mismo dia al citado Señor Administrador Principal de Rentas Estancadas y enterandole del suceso le puso la debida nota en la guia.

Reproducción fotográfica de la primera hoja del documento transcrito. Fuente: Rafael Coca López, 10 diciembre 2021.

Que á causa del mal tiempo no há podido permanecer en esta rada, y habiendo mejorado há llegado á ella en este dia y saltado en tierra para preparar á la descarga de la sal, pero que antes de proceder á ella para acreditar el siniestro, va á solicitar del Señor Ayudante de Marina de este Distrito la instrucción del correspondiente espediente en el que intervenga el Señor Administrador de Rentas de esta villa como representante de la Hacienda, para que aparesca despues en el mismo la sal que arrojó al mar para salvar el buque y el resto del cargo; y por lo tanto conviniendole para salvar su responsabilidad de unos acontecimientos en que ninguna culpa há tenido ni sus tripulantes de comision, omision, ignorancia ó descuido en la parte marinera, sino que todo há sido causado por la fuerza del referido fuerte temporal, rectificando la protesta citada, OTORGA:

Imagen de varios faluchos, fondeados en el Zaporito con marea baja, muy empleados en San Fernando para el transporte de arena, dragada en la bocana del caño Sancti Petri, y sobre todo, la sal de las numerosas salinas. Fuente: “museosdeandalucia punto es”, postales de San Fernando.

que protesta una, dos, tres veces y las demas en derecho necesarias, para que la arribada, echazon de sal al mar, averias, daños y perjuicios originados en el buque y carga, no sean ni se entiendan de su cuenta cargo y riesgo, sino de los propietarios, cargadores, aseguradores si los hubiese ó de quien corresponda con arreglo á las leyes. Asi lo dijo, otorga y no firma por espresar no sabia y lo hace en este mi registro uno de los testigos que lo son Carlos Marin, D. Agustin de Salas y D. Miguel Oliva de esta vecindad.= [Firmas y rúbricas de:] Testigo: Carlos Marin. Ante mi: Jose Sanchez y Amar.

[En el margen izquierdo de la primera hoja de este documento aparece la notación siguiente:] Nota.- En el mismo dia del otorgamiento de esta escritura, á peticion del otorgante saque copia de ella, en tres hojas papel sello tercero, doy fé.= Jose Sanchez y Amar.”»

Representación de la derrota seguida por el falucho “San Cayetano”, refugiándose en la bahía de Cádiz y aligerando carga, para después continuar hasta Conil, su destino final. Fuente: Captura de pantalla de Google Maps con imagen de 2023.

NOTAS:

[1] El quintal era una antigua unidad de masa española, equivalente a 46,0093 kilogramos. Tenía como fracción la arroba, que era la cuarta parte de un quintal, 11,5 kg. Por lo tanto, el falucho llevaba una carga aproximada de unos 41.362 kg. Fuente: Wikipedia, la enciclopedia libre.

[2] El alfolí era, en general, un almacén para almacenar sal, cuando ésta era monopolio real. En Conil se localizaba dentro de la Chanca, en lo que hoy se denomina como nave de la sal. Vemos que la sal llegaba por mar en barcos de cabotaje, como en este caso un falucho, y era una mercancía estancada, hasta el final del monopolio en 1869. Fuente: “museudelescala punto cat”.

[3] El patrón quiere indicar con esta expresión que el barco estaba bien fondeado con el uso de dos anclas, probablemente una a proa, y la otra, en popa. Fuente: ·espainautic punto es”.

[4] Garrear es cuando, debido a la fuerza del viento o corriente, el barco arrastra su ancla sin que ésta agarre el fondo. Fuente: “nautical-dictionary punto com”.

[5] Definición de “protesta de echar al mar” de <Mercancías transportadas, fletes y seguros: un acercamiento a las protestas de mar desde la filología”, p. 11, Yolanda Congosto Martín, U.S., Cuadernos del Instituto Historia de la Lengua.

Fuente: Archivo Histórico Provincial de Cádiz, Legajo 162, Conil, Folios 369 y 370; transcripción libre de Rafael Coca López, con la ayuda de los apuntes en las fichas de Antonio Martínez Cordero, localizados en el Archivo Parroquial de Conil de la Frontera. Agradecimiento: Yelman F. Bustamante Solórzano, párroco de Santa Catalina de Alejandría; y, el Dr. José M.ª Salas Sánchez, navegante en muchos mares.


martes, 21 de marzo de 2023

CONIL EN EL DICCIONARIO GEOGRÁFICO MARÍTIMO (1803).

 He aquí una descripción de la costa de Conil, detallando su localización con respecto a la capital y al cabo de Trafalgar, dando información sobre el peligro de sus arrecifes. Curiosamente, cinco años más tarde de la edición de esta Geografía Universal Marítima, los franceses se convirtieron en nuestros enemigos, al invadir su ejército el territorio español.

Portada del libro referenciado en esta entrada.

«”CONIL, baie, 2 lieues au N du cap Trefalgar, 6 lieues au SSE de Cadix, à l´entré du détroit de Gibraltar; on y mouille par 12 et 14 brasses. * On observera qu´il y a un haut-fond droit vis-à-vis Conil, à 3 quarts de lieue de terre, et en dedans duquel on trouve 6 brasses; il y en a un autre droit au S de celui-là, et on trouve 5 brasses entre les deux; tout près de ce second écueil, il y en a un autre a bien petite distance du cap Tréfalgar, ce dernier danger se nomme Aceytera. Pour entrer au mouillage de Conil, il faut ranger le N en donnant une lieue de tour au cap Roche. Conil est par 36º-16´N, et 8º-23´à l´O de Paris. Carte à grand point de l´an 6.

*** Fuente: LE DICTIONNAIRE UNIVERSEL DE GEOGRAPHIE MARITIME: OU DESCRIPTION DE TOUS LES PORTS, HAVRES, RADES, BAIES, GOLFES ET COTES DU MONDE CONNU, 1803.”»

Recorte de la información sobre Conil. Fuente: “EL DICCIONARIO UNIVERSAL DE GEOGRAFÍA MARÍTIMA: O DESCRIPCIÓN DE TODOS LOS PUERTOS, REFUGIOS, CARRETERAS, BAHÍAS, GOLFO Y COSTAS DEL MUNDO CONOCIDO, 1803.”

Traducción que ofrece Google, algo retocada:

CONIL, bahía, 2 leguas N del Cabo Trafalgar, 6 leguas SSE de Cádiz, a la entrada del Estrecho de Gibraltar; nos movemos allí por 12 y 14 brazas. * Se observará que hay un fondo poco profundo frente a Conil, a 3 cuartos de legua de tierra, y dentro de la cual hay 6 brazas; hay otro al S de este, con 5 brazas en el medio; muy cerca de este segundo arrecife, hay otro a muy poca distancia del cabo Trafalgar, este último peligro se llama Aceitera. Para entrar al anclaje de Conil, debe colocar al N en su lugar, dando un viaje de ida y vuelta a Cabo Roche. Conil está a 36º-16´N, y 8º-23´ al oeste de París. Mapa de puntos grandes del año 6. Fuente: “EL DICCIONARIO UNIVERSAL DE GEOGRAFÍA MARÍTIMA: O DESCRIPCIÓN DE TODOS LOS PUERTOS, REFUGIOS, CARRETERAS, BAHÍAS, GOLFO Y COSTAS DEL MUNDO CONOCIDO, 1803.”

Torre de Roche y cala del mismo nombre, antes de la construcción del puerto pesquero. Fuente: Scard Bermos, facebook, 4 junio 2020. 

lunes, 20 de marzo de 2023

CASA DE EXPÓSITOS EN CONIL (1912).

De como a resultas de la lectura del libro de la “Casa Matriz de Expósitos de Cádiz”, de 1912, hemos extraído la importancia que tenía la Casa Cuna de Conil, con indicación de los niños en lactancia y en destete, los ya prohijados y los que están en trámite de hacerlo, así como aquellos que están acogidos en crianza gratuita.


Portada del Libro consultado y el estadillo de la situación de Conil en los primeros siete meses de 1912, con detalle de la situación de los niños expósitos separados por sexo. Fuente: Fondos de Beneficencia de la Diputación Provincial de Cádiz.

A primeros de enero de 1912 se contabilizan 4 lactantes, 2 niños y 2 niñas, cifra que aumenta en abril con una niña más, pero en mayo fallecen dos. Por curiosidad, ya que así consta en el libro, se relacionan el nombre y domicilio de las amas, así como el nombre de pila de los lactantes. Entre aquéllas están Fernanda Leal de Molinos de Viento 2 que amamanta a TeresaJoaquina Sánchez de Baluarte 1 a María DoloresMaría Gutiérrez de Cádiz 13 a SebastiánFrancisca Ligero de Pascual Junquera 14 a Dionisio, y, Juana Quintero de Extramuros 20 a María Concepción.

Estas amas o nodrizas eran externas a la Casa Cuna y, normalmente, cobraban un salario en metálico, que complementaba de manera importante sus débiles economías, basadas en la pesca o en las labores del campo. Estas mujeres vivían en condiciones difíciles y estaban vigiladas por alcaldes y curas en cuanto a su moral y esmero en la lactancia y crianza con los niños, la mayoría pertenecían a las clases menos pudientes.

En los primeros días de enero de 1912, constaban seis niños en la fase de destete, donde vuelven a aparecer los nombres de sus respectivas amas, tales como: Dolores Caballero de calle Cádiz 30, Inés Pacheco de Extramuros -, Antonia Lobón de Pascual Junquera 17, Beatriz Ramírez de Molinos de Viento 19, Catalina Moreno de Espíritu Santo 1, y, Ana Borrego de Virgen 3.

Entrada al Callejón de la Cuna por la calle Virgen. Fuente: Captura de pantalla de Google Maps, con imagen de julio de 2017.

Cabe mencionar, y en este caso considerado como un éxito del objetivo que se pretendía con la Casa Cuna, la consignación de dos expósitos en situación de TRÁMITE DE PROHIJACIÓN. Se trataban de Benito, de 21 meses de edad, asignado a los consortes Dolores Merino y Diego García, con domicilio en Cádiz calle Sagasta 64; el otro era Cecilio, de 17 meses, para Antonia García y Alfonso Gil, domiciliados en calle Herrería 4 de Conil. Al mismo tiempo, ya habían sido PROHIJADOS tres expósitos, María Concepción, de 15 años, con los consortes Carmen Brenes y Sebastián Núñez, domiciliados en Espíritu Santo 4; Antonia de Paula, de 10 meses, con Francisca Ramírez y Sebastián Vélez, con domicilio en Molinos de Viento 8; y, Manuel, de 8 meses, con Ana Trujillo y Juan Montano, también en Espíritu Santo 7.

Entrada al Callejón de la Cuna por la calle Prieta. Fuente: Captura de pantalla de Google Maps, con imagen de julio de 2019.

Además de las situaciones apuntadas hasta ahora, en Conil habían 10 expósitos que “disfrutaban” de una crianza gratuita, llevados por parejas de consortes, obligatoriamente casados, que soportaban todos los gastos dimanantes de esta situación en sus propios domicilios. El Libro consultado detalla los siguientes datos: Juan, de 21 meses, a cargo de Isabel de Alba y Antonio Pérez, de calle Cádiz 23: Antonio, de 20 meses, con Micaela Ramírez y Bartolomé Sánchez, con el mismo domicilio anterior; María Mercedes, de 17 meses, con Manuela Robles y Francisco Brenes, en Espíritu Santo 8; Saturnino, de 15 meses, con María Juana Muñoz y Francisco Jurado, en Pasaje del Correo 33 de Sevilla; Lorenzo, de 15 meses, con Petronila Fernández y Juan Guzmán, en calle Venancio González 6; Antonio Millán, de 15 meses, con Eduarda Pérez y José García, con domicilio no consignado; Mariano, de 14 meses, con Antonia Barragán y Antonio García, de Cádiz 7; José María, de 11 meses, con Isabel Robles y Francisco Ponce, en Carrera Larga 13; José Alberto, de 8 meses, con Isabel Sánchez y Francisco Muñoz, en Carretera 1; y, Magdalena, de 8 meses, con Isabel Pacheco y Antonio Ortiz, en Extramuros 28.

Posible inmueble donde se ubicaba la Casa Cuna, esquina Callejón de la Cuna con calle Virgen (Clínica Dental). Fuente: Captura de pantalla de Google Maps, con imagen de julio de 2017.

Fuente: Fondos de Beneficencia de la Diputación Provincial de Cádiz.

Casa Cuna de Cádiz en su inauguración de noviembre de 1961, después de su destrucción por la explosión de Cádiz de agosto de 1947. Fuente: “laazoteadecadiz.wordpress punto com”, 6 octubre 2016.

En otro orden de cosas, esculcando en la web, nos hemos topado con un interesante documento, tal como es el <Reglamento para la Casa de Expósitos de Cádiz>, salido de la imprenta de la Casa de Misericordia de esta población en el año de 1829, donde en su artículo 23, transcrito y reproducido a continuación, detalla el interés que para la Junta* tenía un efectivo control de las amas en su función de cuidado del expósito, vigilando su eficacia alimenticia dentro de un ambiente de buenas costumbres. Helo aquí: “23. Para que la Junta pueda saber con verdad si las nodrizas lactan y asisten a los niños con todo el ESMERO Y CARIÑO que exige su desventura, formará una lista de Señoras pudientes y distinguidas por su caridad, y encargará a cada una de ellas la vigilancia y cuidado de un Expósito, recomendándole con el mayor encarecimiento que lo visite con frecuencia, que observe si el ama lo TRATA Y ALIMENTA CON EFICACIA; y si es mujer de BUENAS COSTUMBRES; y que en caso contrario o de advertir males en la criatura lo avise a la Junta para que esta disponga lo que juzgue más oportuno según las circunstancias.”

(*) Esta Junta, encargada de la protección de la Casa de Expósitos, se creó para ayudar a su Administrador a desempeñar con buen éxito su cargo y obtener los mayores auxilios de la Caridad Cristiana. Estaría formada por un Eclesiástico nombrado por el Obispo de Cádiz; tres individuos del Ayuntamiento, a saber, un Regidor, un Diputado y un Síndico Personero; tres vocales de la Junta de Gobierno de la Casa de Misericordia; y, tres de la Real Sociedad de Amigos del Pais. Su Presidente nato sería el Gobernador de Cádiz. Una vez constituida ésta, se elegía a dos vecinos del pueblo para ser vocales de ella en las mismas condiciones que los demás.

Reproducción digitalizada del artº 23 del <Reglamento para la Casa de Expósitos de Cádiz>

Fuente: Biblioteca Virtual del Patrimonio Bibliográfico. Reglamento para la Casa de Expósitos de Cádiz: aprobado por S.M. y mandado cumplir en Real Cédula de 12 de Febrero de 1829.

*** Con este tema, de la CASA DE EXPÓSITOS DE CONIL, se han colgado hasta ahora un par de entradas, una el 31 julio 2022, a la que se accede pinchando AQUÍ; y otra, el 23 diciembre 2022, que se encuentra AQUÍ

*** Para los más interesados hay un documentado artículo, titulado <La Casa de Expósitos de Cádiz en la primera mitad del siglo XIX: avances y retrocesos de la reforma liberal en el sistema benéfico>, de Julio Pérez Serrano, al que se puede acceder AQUÍ en formato pdf. 

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domingo, 19 de marzo de 2023

CONCURSO OPOSICIÓN AUXILIARES ADMINISTRATIVOS AYUNTAMIENTO DE CONIL (1952).

Sesión extraordinaria para designar a cinco auxiliares administrativos que previamente habían superado una prueba de concurso oposición. Se transcribe a continuación el Punto Segundo del orden del día, donde trató de este tema:

Detalle de la primera página del acta de referencia. Fuente: Archivo Municipal de Conil de la Frontera.

«” Segundo: Expuesto de la Alcaldía-Presidencia. Por el Sr. Alcalde-Presidente se da cuenta del expediente y acta del Tribunal que juzgó los exámenes del concurso-oposición para proveer en propiedad cinco plazas de Auxiliares Administrativos vacantes en este Ayuntamiento, celebrado el día veinticinco de febrero último. La expresada acta copiada literalmente dice lo siguiente:

En la villa de Conil de la Frontera a veinticinco de febrero de mil novecientos cincuenta y dos, siendo las doce horas se reunió en el Salón de Actos de este Ayuntamiento el Tribunal para juzgar los ejercicios de oposición para cubrir cinco plazas de Auxiliares e integrado por los siguientes señores: Presidente: Alcalde Don José María Flores Suero; Vocal representante de la Dirección General de Administración Local, Don José Bonilla Fraile, nombrado por el Excmo. Sr. Gobernador Civil de la Provincia; Don José Luis Hernández Sauco, en representación del Profesorado Oficial; Don Luis de Mora-Figueroa, Concejal en representación de los Excombatientes y Don Juan Guzmán Espinosa, Oficial de Quintas, en representación de Mutilados, asistidos de mí el Secretario, Don Juan Rubio Pérez. =

Vista de la Iglesia de Santa Catalina, un par de años antes de la celebración de esta sesión del Ayuntamiento, después de veinte años de su declaración en ruinas. Fuente: De la película “El Pescador de Coplas”, “Conil en la Memoria”, p. 33, 2004.

Examinada la documentación de cinco aspirantes es encontrada conforme procediendo seguidamente al sorteo correspondiéndole actuar por el siguiente orden: = Primero.- Don Pedro Olmedo Caro .= Segundo.- Don Manuel Bocio Fuertes .= Tercero.- Don Miguel del Mazo Soleto .- Cuarto.- Don Ambrosio Rodríguez Quintero .- Quinto.- Don Francisco Lojo Piña .= Acto seguido se procede al examen del ejercicio oral .= Llamado Don Pedro Olmedo Caro le toca en suerte el tema número siete que desarrolla .- Seguidamente los restantes Señores que desarrollan los temas cinco, diez, catorce y trece .= Vista la puntuación obtenida son aprobados procediéndose a continuación al examen escrito que consiste en la redacción de varios documentos .= Terminado el examen, se procede a la calificación siendo aprobados los Señores opositores por el mismo orden de actuación y por consiguiente se acuerda proponer al Ayuntamiento el nombramiento de Auxiliares Administrativos de los expresados Señores por el siguiente orden: =

Número Uno.- Don Pedro Olmedo Caro .= Número Dos.- Don Manuel Bocio Fuertes .= Número Tres.- Don Miguel del Mazo Soleto .= Número Cuatro.- Don Ambrosio Rodríguez Quintero .= Número cinco.- Don Francisco Lojo Piña .= Y siendo las trece horas cuarenta y cinco minutos se levantó la sesión del Tribunal, levantándose la presente acta, de todo lo cual yo el Secretario certifico .- firmado José M.ª Flores, rubricado .= José Bonilla, rubricado .= Luis de Mora-Figueroa, rubricado .= Juan Guzmán, rubricado .= José L. Hernández, rubricado .= J. Rubio, rubricado.”

El Ayuntamiento Pleno, acuerda en votación ordinaria y por unanimidad, de conformidad con la propuesta, designar Auxiliares Administrativos de esta Corporación con el carácter de propietarios a los Señores opositores que se detallan, con el número en el escalafón que a continuación se expresan:

Número Uno.- Don Pedro Olmedo Caro .= Número Dos.- Don Manuel Bocio Fuertes .= Número Tres.- Don Miguel del Mazo Soleto .= Número Cuatro.- Don Ambrosio Rodríguez Quintero .= Número cinco.- Don Francisco Lojo Piña ; con los haberes anuales consignados en Presupuesto, autorizándose a la Presidencia para expedir el correspondiente título y dar posesión a los Señores expresados.”»

Ambientación. La Fuente Nueva y el Carril de la Fuente, sobre 1950, de la película “El Pescador de Coplas”, “Conil en la Memoria”, p. 55, 2004.

Fuente: Libro de Actas Capitulares 79-2, página digitalizada 52-54, sesión extraordinaria Ayuntamiento Pleno del 3 de marzo 1952. Archivo Municipal de Conil de la Frontera, gentileza de Isabel González Ramírez

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sábado, 18 de marzo de 2023

EN UNO DE LOS RINCONES DEL ARCHIVO PARROQUIAL DE CONIL: ESCUELA PÚBLICA DE NIÑAS (1902).

De como, debido a las malas condiciones que reunía la escuela pública de niñas, el Ayuntamiento se esfuerza en buscar otro local que tuviera las mínimas condiciones de habitabilidad para la importante función que se le atribuía.

El consistorio conileño estaba constituido entonces por:

Alcalde-Presidente: Cayetano Borrego Marín; Teniente 1º: Francisco Briceño Ramírez; Teniente 2º: José Lojo Calderón; Concejales: Sebastián Alba Sánchez, Pedro Piña Rodríguez, Diego Rubio Ramírez, José Sánchez Caccio y Pedro Núñez Ramírez; Secretario: Nicolás González Muñoz.

[Ambientación] Alumnas de la escuela de Doña Adela, hacia 1933, muchas niñas conocidas … Colección particular Dolores Pérez. Fuente: “Conil en la Memoria”, p. 75, 2004.

«”PUNTO SEGUNDO [sesión ordinaria de 2ª citación del día 15 de diciembre de 1902].- Enterada la Corporación del informe favorable acordado por la Junta Local de primera enseñanza en sesión de diez del actual, al acuerdo de este Ayuntamiento relativo a la conveniencia de trasladar la escuela pública de niñas y habitación de la Maestra al piso alto de la casa número doce de la calle Virgen, y debiendo fijarnos las condiciones para llevarlo a debido efecto, una vez demostrada la conveniencia y mejora que representa, se acordó fijar las siguientes, que se notificarán al propietario para su conformidad u observaciones que les ofrezcan.=

[Ambientación] Feria de Conil, hacia 1926, vista de la velada en la calle la Virgen. Colección particular Manuel Calderón. Fuente: “Conil en la Memoria”, p. 79, 2004. El inmueble de la derecha, con un asta de bandera en el balcón superior, podría ser el ocupado por la escuela de niñas.

1º El tiempo por que se verifica este arriendo es el de CUATRO AÑOS, prorrogable por periodos iguales, hasta que por una de las partes se manifieste el deseo de darlo por terminado, que avisará con dos meses de anticipación al día del vencimiento.

2º El precio del arriendo será de NOVECIENTAS PESETAS [5,41€] ANUALES, pagaderas por meses vencidos.

3º El propietario se obligará a hacer en la finca durante el tiempo que dure el contrato, todas las reparaciones necesarias, a fin de conservarla en estado de servir para el uso a que se destina; y,

4º Si por reformas en las disposiciones vigentes quedara el pago del alquiler a cargo del Estado u otra dependencia, el propietario quedará sujeto a las mismas, sin que por ello sufran modificación alguna las demás condiciones establecidas.»”

Detalle del Punto Segundo del acta de la sesión del 15 diciembre 1902. Fuente: A.M.C.

Estado actual del edificio, calle Virgen n.º 12, ocupado por una oficina bancaria y varias dependencias municipales. Fuente: Captura de pantalla en Google Maps, con imagen de julio de 2017.

«”PUNTO QUINTO [sesión ordinaria de 2ª citación del día 22 de diciembre de 1902].- Se da cuenta así mismo, de haberse aceptado por el propietario de la CASA NÚMERO DOCE DE LA CALLE VIRGEN Don Antonio Sánchez y Sánchez las condiciones fijadas por este Ayuntamiento para el ARRIENDO DEL PISO ALTO DE LA MISMA CON DESTINO A LA ESCUELA PÚBLICA DE NIÑAS Y HABITACIÓN DE LA MAESTRA, como también de hallarnos terminadas las obras que se le venían haciendo y por tanto de hallarse en condiciones de utilizarse inmediatamente.=

Punto Quinto del acta de la sesión del 22 de diciembre de 1902. Fuente: A.M.C.

El Ayuntamiento, teniendo en cuenta que el contrato de que se trata se halla excluido del concurso a que se sujeta los de su clase la Instrucción de 26 de Abril de 1900, como comprendido en el número 3º del artículo 40 de la misma, por no existir otro local en la población que reúna las condiciones del que se trata, como lo demuestran las constantes gestiones que se han venido practicando sin resultado, por la imposibilidad de que continuara el establecimiento en el que se halla, dadas su malas condiciones, acuerda en definitiva la celebración del contrato de arriendo del piso alto de la casa número doce de la calle Virgen de la propiedad de Don Antonio Sánchez y Sánchez bajo las condiciones establecidas al punto segundo de la sesión celebrada el día quince del presente mes, a cuyo efecto acordó autorizar en forma para que se notifique en nombre y representación de esta Corporación al Señor Alcalde Presidente Don Cayetano Borrego Marín, como así mismo que esta dé principio en la segunda quincena de Enero próximo, dando aviso al propietario o administrador de la casa que en la actualidad se ocupa con los quince días de anticipación que es costumbre en la localidad.=»” 

Firmas de algunos de los concurrentes a estas sesiones de la Corporación. Fuente: A.M.C. 

Fuente: Archivo Municipal de Conil de la Frontera, Libro de Actas 71-3, del 15 y 22 diciembre 1902, páginas digitalizadas 41-42 y 50-51, hojas 20 y 20v y 24v y 25; transcripción libre de Rafael Coca López, gracias a la información contenida en las fichas de Antonio Martínez Cordero, localizadas en el Archivo Parroquial de Conil de la Frontera. Agradecimientos: Yelman F. Bustamante Solórzano, párroco de Santa Catalina de Alejandría; e, Isabel González Ramírez, responsable del Archivo Municipal de Conil. 

viernes, 17 de marzo de 2023

ALMADRABAS “TORRE ATALAYA” Y “TORRE CASTILNOVO” (1842).

De como un conileño, adjudicatario del arrendamiento de una almadraba de tiro, Torre Atalaya, junto con un chiclanero, proponen a la administración pertinente, la subasta de otra almadraba localizada en Castilnovo, compareciendo aquél para señalar que esta nueva pesquería no le perjudicaría en lo más mínimo, y hacen saber al Gobierno el beneficio tan grande que para el Estado, la Matrícula y el Gremio de Mareantes y Pescadores, supondría la existencia de las dos almadrabas.

La torre de Castilnovo es la de mayor importancia en Conil después de la torre de Guzmán, ya que tenía doble misión: defensiva y de ayuda a la almadraba de su nombre. Formaba parte de un recinto amurallado, una pequeña fortaleza con alcaide, cargo de preeminencia con voz y voto en el cabildo de Conil. El recinto fue destrozado por el maremoto del 1 de noviembre de 1755. Fuente: “MonumentalNet”; fotografía de Antonio Leal, 27 abril 2020.

Nota preliminar.- La transcripción se ha realizado respetando la ortografía original, mediante copia fiel y literal, con los rasgos característicos de la época y deshaciendo las abreviaturas para una mejor comprensión del escrito.

«”SELLO 4º 40 MsISABEL 2ª POR LA GRACIA DE DIOS Y LA CONSTITUCION REYNA DE LAS ESPAÑAS 1842. AÑO DE 1842.

COMPARECENCIA.- En la Villa de Conil de la Frontera â primero de Agosto de mil ochocientos cuarenta y dos, ante mi el Escribano Publico y de Marina del Distrito de ella, paresio DEduardo Autran vecino de la Villa de Chiclana y residente en esta de Conil, y DIXO: Que ahora que son las doce de la mañana de este dia, HABIENDO ACABADO DE SUCEDER LA SUBHASTA Y REMATE DEL ARRENDAMIENTO DEL PESQUERO DE PASO Y TIRO DE ATUNES DE LA ALMADRABA LLAMADA TORRE ATALAYA de este dicho Distrito, que le fue rematada de unico juicio a D. Jose Sanchez Dominguez de este vecindario de Conil se habia personado el que comparece con el susodicho Rematante â la Autoridad Militar de Marina de estos Distritos Dn Manuel Maria Prieto haciendole presente de que hacia proposicion de SUBASTAR EL PESQUERO DE ESTA COSTA CONOCIDO POR DEL QUE SO Â LEVANTE DEL SITIO DE LA TORRE DE CASTILNOVO PARA ESTABLECER ALLI UNA ALMADRAVA DE TIRO PARA LA PESCA DEL ATUN, si se le permitia por el Gobierno â quien iba â dirigirse en SUPLICA, â lo que habia contextado de dicha Autoridad, NO PODIA ADMITIRLO, mediante â no estár señalado dicho Pesquero en el Reglamento vigente de pesca, â pesar de que conocia la ventaja que proporsionaba tanto al Estado, como â la Matricula, y esencialmente al Gremio de Mareantes y Pescadores; por lo que pedia al Licitador Sanchez, que se halla presente, que si consideraba perjudicial dicho Pesquero â el que acababa de subastarse, lo manifestase en el acto, y respondiendole QUE NINGUN PERJUICIO SE LE SEGUIA EN EL ESTABLECIMIENTO DE LA ALMADRAVA QUE PRETENDIA EL EXPONENTE AUTRAN, pedia este al presente Escribano se extendiera esta comparecencia para guardár en su Archivo, produciendo de ella testimonio literal, entregandolo al interesado. En cuya virtud pongo la presente que firma el susodicho, con el Licitador Sanchez ê yo el Escribano que doy fe.=

[Aparecen las firmas y rúbricas de:] Eduardo AutranJose Sanchez y Juan Bernardo Gavala.

NOTA.- Doy fe: que en este dia de la fecha yo el Escribano produxe el testimonio de que habla la antecedente diligencia entregandolo â la parte de DEduardo Autran según y como lo solicita. Y para que conste lo pongo por Nota en Conil â dos de Agosto de mil ochocientos cuarenta y dos.= Gavala.”»

Reproducción fotográfica del documento transcrito. AHPC, 10 diciembre 2021, Rafael Coca López

Fuente: Archivo Histórico Provincial de Cádiz, Legajo 152, Conil, Folios 50 y 50vtranscripción libre de Rafael Coca López.  

jueves, 16 de marzo de 2023

CONSTRUCCIÓN PUENTE SOBRE EL SALADO (1895).

De como para facilitar el acceso a la playa de “Los Bateles”, de los cada vez más numerosos veraneantes, así como algunos vecinos de Conil que desean disfrutar de los baños marinos, el Ayuntamiento decide montar un puente de madera, muy ligero y desmontable a final de temporada, como así se hace saber en los puntos de estas tres sesiones que se reproducen.

Puente sobre el Salado, a la altura del Pasaje, en una fotografía fechada sobre 1969, donde se aprecia un avanzado deterioro del mismo, y mostrando que la construcción ya es fija, no desmontable como se comenta en esta entrada. Fuente: Facebook de Scard BermosJuan Bermúdez.

«”PUNTO OCTAVO [del acta de la sesión ordinaria del 20 de julio de 1895].- El Señor Presidente expuso a la consideración de los Señores Concejales, la CONVENIENCIA Y UTILIDAD QUE REPORTARÍA A LA POBLACIÓN, LA COLOCACIÓN DE UN PUENTE SOBRE EL RÍO SALADO, PARA EL PASO A LA PLAYA DE LOS BAÑISTAS, que se ven precisados hoy andar a lo largo de la playa para salvar este inconveniente, siendo esto en extremo beneficioso, porque con ello se evitaría estas molestias tanto AL VECINDARIO COMO A LOS FORASTEROS, QUE CON MOTIVO DE LOS BAÑOS DE MAR PASAN LA TEMPORADA DE VERANO EN ESTA VILLA, que seguramente aumentaría el número de éstos, una vez conocida esta reforma TAN RECLAMADA POR LOS MISMOS; cumpliéndose con ello lo dispuesto en el número primero del artículo setenta y dos de la Ley Municipal, que deja al cuidado de los Ayuntamientos el arreglo de la vía pública, comodidad del vecindario, Y EL FOMENTO DE LOS INTERESES MORALES Y MATERIALES DE LOS PUEBLOS.= La Corporación discutió convenientemente el punto, conviniendo en las molestias que proporciona a los bañistas el no poder atravesar el río, así como EN LAS VENTAJAS QUE PROPORCIONA A LA LOCALIDAD LA CONCURRENCIA DE FORASTEROS A LOS CUALES DEBE PROCURARLES TODA CLASE DE COMODIDADES COMPATIBLES CON LOS RECURSOS DE ESTE AYUNTAMIENTO, acordándose por UNANIMIDAD, AUTORIZAR PLENAMENTE AL SEÑOR PRESIDENTE PARA QUE SE PROCEDA CON LA MAYOR URGENCIA A LA COLOCACIÓN DE DICHO PUENTE, haciendo los gastos necesarios y presentando a su terminación la cuenta correspondiente”»

Fotografía digitalizada parcial del acta de la sesión del 20 de julio de 1895. Fuente: Archivo Municipal de Conil de la Frontera (Cádiz).

Fotografía del frente de la Villa en Los Bateles, datada de 1917, apreciándose entre otros interesantes detalles, el puente sobre el Salado, abajo a la derecha. Se percibe una estructura de madera, pero apoyada con unas rampas de acceso y salida realizadas en obras de albañilería. Fuente: Facebook de Scard BermosJuan Bermúdez, 22 noviembre 2020.

«”PUNTO CUARTO [del acta de la sesión ordinaria del 17 de agosto de 1895].- También se dio cuenta de la que rinde el Depositario, de gastos ocasionados para la COLOCACIÓN DE UN PUENTE SOBRE EL RÍO SALADO, IMPORTANTE CIENTO CINCUENTA Y CUATRO PESETAS [0,93€]. La Corporación acordó después de un detenido examen SU APROBACIÓN, y que se libre su importe con cargo al capítulo undécimo artículo primero del Presupuesto corriente.”»

Fotografía digitalizada parcial del acta de la sesión del 17 de agosto de 1895. Fuente: Archivo Municipal de Conil de la Frontera (Cádiz).

Imagen de Conil desde donde terminaba el puente, hacia 1925. Colección particular Juan Bermúdez. Fuente: “Conil en la Memoria”, p. 26, 2004.

«”PUNTO CUARTO [del acta de la sesión ordinaria del 14 de octubre de 1895].- Se acordó que por el Señor Presidente se disponga el DESARME DEL PUENTE DE MADERA que para el paso de los bañistas por el río Salado, fue construido en la anterior temporada de baños, cuya maderas habrán de almacenarse en la Casa Ayuntamiento, para utilizarlas al mismo objeto el próximo año”»

Fotografía digitalizada parcial del acta de la sesión del 14 de octubre de 1895, así como su final, con las firmas y rúbricas de los concurrentes. Fuente: Archivo Municipal de Conil de la Frontera (Cádiz). 

Concurrieron, entre otros, a esta sesiones del Ayuntamiento, los señores siguientes:

Alcalde-Presidente: Francisco Calderón Alba; Teniente 1º: Melchor Rodríguez Calderón; Teniente 2º: Juan Fuentes Marín; Concejales: Francisco Sánchez MorenoPedro Rodríguez CalderónJuan Marín Leal y Francisco Jiménez Pareja; Síndico: Juan Moreno Domínguez; Secretario: Nicolás González Muñoz

Fuente: Archivo Municipal de Conil de la Frontera (Cádiz), Libro Capitular 70-1, páginas digitalizadas 151 y 152, hojas 75 y 75v, del 20 de julio de 1895páginas digitalizadas 165 y 166, hojas 82 y 82v, del 17 de agosto de 1895páginas digitalizadas 197 y 198, hojas 98 y 98v, del 14 de octubre de 1895; transcripción libre de Rafael Coca López, gracias a la información contenida en las fichas de Antonio Martínez Corderolocalizadas en el Archivo Parroquial de Conil de la FronteraAgradecimientosYelman F. Bustamante Solórzano, párroco de Santa Catalina de Alejandría; e, Isabel González Ramírez, responsable del AMC.  

UN PASEO POR EL ARCHIVO HISTÓRICO MUNICIPAL DE CONIL: “BANDIDOS Y MALHECHORES DE CAMINOS” (1814).

En cabildo celebrado por la Justicia y Ayuntamiento de la Villa, se dio cuenta de la orden comunicada por la Intendencia de Cádiz, fechada e...